Fiador solidario de un contrato de alquiler
Soy propietario de una vivienda que actualmente está alquilada a una inquilina que vive en ella con su pareja. Tienen un hijo.
Por temas de desgravación ante Hacienda, en el contrato de alquiler sólo aparece ella como arrendataria, y él únicamente como "fiador solidario e indefinido" de las obligaciones por ella contraídas en el contrato.
En el supuesto caso de incumplimiento de la obligación del pago del alquiler por la arrendataria, y después de la correspondiente sentencia judicial por impago favorable al arrendador, el "fiador solidario", a qué estaría obligado con el arrendador:
-¿A pagar la totalidad de las cantidades adeudadas por la arrendataria?
-¿A pagar sólo la mitad?
-Dado que fiador es pareja de hecho de la arrendataria y convive con ella en la vivienda alquilada (esto es demostrable), ¿podría tener alguna obligación adicional aunque no aparezca en el contrato como arrendatario?