El contrato de relevo tiene como características principales las siguientes: Concepto Contrato cuyo objeto es la prestación de servicio de un trabajador durante la parte de la jornada que deja vacante otro trabajador al jubilarse parcialmente. La reducción de jornada y salario del sustituido deberá encontrarse entre un mínimo del 33% y un máximo del 77%. Requisitos Trabajador: deberá estar desempleado e inscrito en el INEM. Contrato: por escrito y en modelo oficial. Jornada: equivalente, al menos a la reducción producida en el sustituido. Duración El tiempo que falta al sustituido para alcanzar la edad de percepción de la pensión de jubilación completa. Período de prueba Posibilidad de formalizarlo sobre la base de los límites legales, única y exclusivamente en el contrato de relevo. No podrán concertarse períodos de prueba en los contratos a tiempo parcial que surjan como consecuencia de la percepción de la jubilación anticipada por parte de los sustituidos. Incentivos Bonificación del 20 % de la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes durante un período de 24 meses posteriores a la transformación de esta relación en un contrato indefinido a jornada completa o parcial (incluida a modalidad fija-discontinua). La transformación, al objeto de poder ser beneficiario de las bonificaciones apuntadas, no podrá conllevar minoración de la jornada. Extinción y denuncia En el momento en el cual el sustituido alcance la edad de jubilación ordinaria. La extinción anterior del contrato de relevo obligará a formalizar uno nuevo en plazo no superior a 15 días desde su cese. Caso de no cumplirse lo reseñado, la empresa abonará a la Seguridad Social el importe de la prestación de jubilación parcial devengada desde el momento de cese
2 comentarios
Acabo de empezar a trabajar en un residencia de la tercera edad,me han echo contrato de 10 horas semanales ,el contrato en principio es de un mes y es de gerocultor,alguien me podría decir que es lo que puedo llegar a cobrar por favor... - Rosa González Centeno
En la planilla de trabajo me pone que trabajaré 48 horas pero según convenio serían 38,como cálculo lo que puedo cobrar o si alguien sabe lo que cobraré o me pagan por día trabajado...Gracias de antemano - Rosa González Centeno
Acabo de empezar a trabajar en un residencia de la tercera edad,me han echo contrato de 10 horas semanales ,el contrato en principio es de un mes y es de gerocultor,alguien me podría decir que es lo que puedo llegar a cobrar por favor... - Rosa González Centeno
En la planilla de trabajo me pone que trabajaré 48 horas pero según convenio serían 38,como cálculo lo que puedo cobrar o si alguien sabe lo que cobraré o me pagan por día trabajado...Gracias de antemano - Rosa González Centeno