¿Autóno o cuenta ajena?
Hola Cinto :
Hablamos de una empresa constituida como una S.L., dónde mi mujer posee el 50% del capital social y mis tres hijos tienen distribuidos a partes iguales el otro 50% .
Mi pregunta es, si yo puedo trabajar en dicha empresa como empleado por cuenta ajena o debo de hacerlo como autónomo.
Ya sé que la LGSS. Dice entre otros :
" A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior no tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba en contrario: el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, ocupados en su centro o centros de trabajo, cuando convivan en su hogar y estén a su cargo." .
¿Cuál sería la prueba en contrario a que se refiere este texto? .
¿Si no convivo en el domicilio conyugal aún sin estar separado?
Gracias por anticipado
Enrique
Hablamos de una empresa constituida como una S.L., dónde mi mujer posee el 50% del capital social y mis tres hijos tienen distribuidos a partes iguales el otro 50% .
Mi pregunta es, si yo puedo trabajar en dicha empresa como empleado por cuenta ajena o debo de hacerlo como autónomo.
Ya sé que la LGSS. Dice entre otros :
" A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior no tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba en contrario: el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, ocupados en su centro o centros de trabajo, cuando convivan en su hogar y estén a su cargo." .
¿Cuál sería la prueba en contrario a que se refiere este texto? .
¿Si no convivo en el domicilio conyugal aún sin estar separado?
Gracias por anticipado
Enrique
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