Consulta deuda seguridad social

Tengo una pequeña empresa y quiero ponerme al día con la seguridad social. He solicitado un certificado de la deuda y me aparece deuda desde el año 98 hasta ahora por cuotas autónomos. Además debo seguros sociales del 2006 a 2009.
Mi consulta pueden cobrarme esa deuda desde el año 98, no se supone que prescriben a los cuatro años.

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Si las reclamaciones de la administración prescriben a los 4 años pero las no reclamadas, es decir, si te se ha ido notificando o reclamando dichas cantidades periódicamente se ha roto la prescripción. Para entendernos no es lo mismo, p.e. que la Tesorería General de Seguridad Social, descubra ahora al mover tus deudas que los seguros sociales están mal confeccionados y deberías pagar más de lo que indicaste en su día, esto habría prescripto pero si las deudas que tenías la propia administración las ha movido vía reclamación a nivel incluso judicial, no han prescripto ya que te habrán ido notificando los pasos y si tu no lo has recibido lo habrán hecho por el BOE., con el fin de que la deuda no prescriba.

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Si ha habido por parte de la administración, alguna acción de reclamación de esas deudas, sí pueden reclamarlo aún, si le han publicado en el BOE por ejemplo, o le han ido enviando comunicaciones.

Desde AOL Consultores Legales (www.aolconsultores.es) podemos estudiar el expediente para ver si es correcta la reclamación y gestión un plan de pagos o aplazamiento en su caso.

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Si no ha habido requerimientos y cosas parecidas esta estaría prescrita

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