Libro de visitas-libro de reclamaciones

Soy autónoma con una actividad empreasarial(epígrafe 934-enseñanza fuera del establecimiento permanente). Mando a profesores a dar clases de inglés en empresas. Trabajo desde casa. ¿Tengo la obligación de tener un libro de visitas - libro de reclamaciones(no se si es lo mismo)? ¿Me puedes orientar sobre como se solicita uno?

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Se trata de dos documentos distintos:
1: Libro de Visitas: es un libro que debes tener en la sede de la empresa y que deberás presentar a la Inspección de Trabajo en el hipotético caso de que pase por la empresa. En la mayor parte de las empresas no pasa nunca.
El Libro de Visitas se puede comprar en cualquier imprenta y debe estar visado (sellado) por el jefe de la inspección de la zona/comarca. En la práctica esto supone presentar en libro en la sede provincial de la inspección para que lo firmen y sellen.
2: Hojas de Reclamaciones: Su obligación se regula por normativa autonómica por lo que no todas las empresas deben disponer de ellas en todas las Comunidades.
Para saber si existe esta normativa en tu comunidad puedes acceder a:
http://www.consumo-inc.es/guiacons/interior/otrosdocumentos/hojarecl/Hojarecla.htm
Estas hojas se suelen recoger en las oficinas del Departamento/Consejería/etc. encargada del área de consumo de la comunidad y su coste suele ser pequeño (5 euros el taco de 100 hojas).
Un saludo, espero haberte sido de ayuda en tu consulta. No olvides puntuar la respuesta

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