Sociedades municipales

Buenas tardes, por favor quisiera saber que documentación tengo que soliciar a cualquier sociedad y en concreto a sociedades municipales para poder gestionarlas, ya que mi empresa se encargaría de llevar la gestión de la misma y me han encargado solicitar toda la documentación pertinente y en el caso de estas sociedades, los ayuntamientos no tienen ni idea de lo que tienen ni de lo que se necesita y no quiero dejar ningún cabo suelto.
Os agradezco vuestra ayuda, un saludo

2 Respuestas

Respuesta
1
En estas cuestions no estoy muy al día, seria mejor que consultaras a un colega de esta comunidad en la rama de asesroria o gestoría.
Atentos saludos
Contableitor
Respuesta
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¿Cuándo me habla de gestionar una sociedad municipal a que se refiere exactamente? - ¿Qué actividades desarrollaría su empresa dentro de la empresa gestionada?
¿Cuál es el ámbito de la sociedad, a que se dedica?
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]
Antes de todo perdón por la tardanza pero he tenido problemas con la conexión, le comento somos una empresa de gestión de suelo, sobre todo de los ayuntamientos, nosotros podríamos crear una sociedad directamente para gestionarlo, si no la tuvieran, o hacernos cargo de la sociedad ya creada por el mismo ayuntamiento, y es este último punto en el que tengo dudas, si la sociedad ya está creada, ¿qué documentación necesitaría solicitar?, necesitamos saber como se encuentra para poder gestionarla desde ese momento.
Jaime le agradezco su interés, por favor si necesita cualquier otra aclaración no dude en solicitármela.
Esperando su pronta, le saludo atentamente,
Cuidado porque normalmente las sociedades municipales disponen o bien de gestión municipal o por otro lado suponen un proceso de selección mediante concurso o licitación pública de determinados servicios que en este caso pueden ser de dirección. En todo caso, tendría que recurrir a la Ley de Contratación con la Administración Pública así como a las condiciones particulares de una licitación en concreto.
Los Ayuntamientos, salvo contratos inferiores a los 30.000 euros, que los pueden contratar a libre elección, deben recurrir a los concursos públicos y las empresas que desean acudir deben licitar sobre todo a bajo coste habitualmente.
Así que cuidado, se necesita una solvencia enorme para poder trabajar con la administración pública porque los pagos se realizan como media a 120 días como mínimo.
Un saludo
Jaime Feiner
[email protected]

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