¿Cuál es la mejor opción, sociedad civil, limitada?

Gracias de antemano por el tiempo dedicado a responder
Quiero abrir una franquicia de un negocio, yo tengo una incapacidad absoluta y no puedo trabajar, pero quiero ser socia capitalista, que montaría con mi marido.
Quisiera saber cual es el tipo de sociedad que más no conviene montar teniendo en cuenta que disponemos de poco capital social, y tendremos que pedir un préstamo.
¿Cuál sería más económica y conveniente? Estoy hecha un lío no tengo ni idea de estos temas y no sé que debo hacer.
También saber cuales serían los pasos a seguir para montar la sociedad.

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En este caso y para evitar suspicacias y problemas la mejor opción es una Sociedad Limitada (una mercantil).
Por otro lado, le diré que montar un negocio no es tarea fácil, igual que exigimos que un médico realice una carrera para poder operar a una persona, debiéramos exigir que los emprendedores y empresarios tuvieran conocimientos de empresa y gestión para poder abrir una sociedad, ya que al no existir esta obligatoriedad la estadística demuestra que las empresas que se constituyen (al menos en un 90%) cierran antes de los 5 años absolutamente quebradas.
Para que su empresa fructifique les sugiero que se rodeen de profesionales que puedan suplir sus carencias de gestión.
Para poner en marcha la sociedad:
- Inicialmente debéis hacer la aportación societaria (3.005 eur) que deberéis depositar en la cuenta de la sociedad.
- Con el certificado del depósito es necesario ir al Notario para que redacte los estatutos de la empresa que deberán ser firmados por los socios y en los que deberéis establecer el tipo de administración de la sociedad.
- Solicitar CIF provisional en Hacienda
- Pagar los impuestos de Actos Jurídicos Documentados.
- Registrar la sociedad en el Registro Mercantil (momento en que la sociedad adquiere personalidad jurídica) y publicación de la misma en el BORME.
- CIF definitivo Hacienda.
- Alta de la cuenta de cotización de la sociedad en la Tesorería de la Seguridad Social y alta en la Mutua de Accidentes de Trabajo correspondiente.
- Alta del administrador en el régimen de trabajadores autónomos.
En su caso no pueden optar por la sociedad más económica ya que vd., no puede percibir rentas del trabajo y por ello debe percibir rendimientos de la inversión en capital de la empresa, por tanto, debe constituir una mercantil.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]

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