No me lo especificas pero por los datos que señalas la empresa creo que es una SL o SA. En este caso lo primero que habría que hacer sería celebrar una Asamblea General Extraordinaria de socios cuyo punto del día fuera precisamente éste, el cambio de denominación social.
También habría que solicitar en el Registro Mercantil la "Certificación Negativa de Denominación no coincidente" para verificar que el nuevo nombre elegido está disponible.
El cambio de denominación supone un cambio de estatutos por lo que el acuerdo debería recogerse en una escritura pública ante notario. En el caso de ser una SA habrá que publicar este acuerdo en dos diarios de gran circulación en la provincia y acreditar esta publicación en la misma escritura (
artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas).
La escritura pública que recoja el acuerdo de cambio deberá inscribirse en el Registro Mercantil para que se proceda al cambio de denominación en el mismo.
Una vez haya sido registrado el cambio y esta circunstancia se haya confirmado por el Registro Mercantil hay que acudir a Hacienda para cambiar la denominación social registrada y a la Seguridad Social para lo mismo.
El CIF de la empresa no cambia, sólo lo hace la Denominación Social, tampoco cambian los códigos de Cuenta de Cotización ni la antigüedad de los trabajadores se ve afectada en sentido alguno.
Así pues, lo que tienes que hacer es acudir a un notario para ver cómo se puede hacer esta escritura y cuáles son los documentos que se necesitan para emitirla.