Alta en sociedad limitada

Quiero montar una empresa yo solo y me gustaría saber si me conviene montar una sociedad limitada o sociedad unipersonal, y cuales son los requisitos y que me costaría.

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En este caso, al ser un único socio no hay elección posible, debe constituir una empresa sociedad limitada unipersonal.
Requisitos, en este caso deberá:
a) Solicitar la inscripción del nombre de la empresa en el Registro Mercantil, se trata de comprobar si existe ya alguna empresa con ese nombre y si se puede o no usar.
b) Solicitar el NIF provisional de la sociedad en Hacienda con el impreso 036 - declaración censal.
c) Con el nombre y el Cif de la empresa podrá dar de alta una cuenta bancaria a nombre de la sociedad en la que deberá depositar el capital social constitucional, en este caso un mínimo de 3006 eur.
d) Con los datos anteriores y el certificado de la apertura de cuenta bancaria que le darán en el banco - llega el momento de ir al Notario para realizar la escritura de constitución de la sociedad.
e) Deberá pagar los impuestos correspondientes a Actos Jurídicos Documentados y Transmisiones Patrimoniales, el 1% del capital social).
f) Deberá inscribir la empresa en el Registro Mercantil y su publicación en el BORME
g) A posteriori deberá solicitar en hacienda el Nif definitivo de la sociedad y el alta en el IAE con un nuevo documento 036.
h) Como socio administrador de la sociedad con el 100% de capital social deberá darse de alta como autónomo para ejercer el cargo, es obligatorio.
i) Si tiene empleados deberá además abrir una cuenta de cotización en la tesorería de la seguridad social, dar de alta el centro de trabajo y solicitar la cobertura de una mutua de accidentes, ya sea el Insalud o Fremap
Los costes aproximados incluyendo el capital social (que podrá retirar una vez terminado el proceso de constitución) - unos 3.500 a 4.000 eur. Los recibos de autónomos le costarán cuanto menos 250 euros al mes.
Gracias po su respuesta, ¿pero antes de que me llegase su respuesta he consultado con un asesor fiscal y me dice que al ser administrador único puedo montar una socedad limitada sin que sea unipersonal?, ¿Puede ser?. Muchas Gracias
Sociedad limitada son todas y cuentan con los mismos requisitos de constitución, es decir, una sociedad cuando no la compone más que un socio recibe el apelativo de unipersonal (siempre que se solicite), de hecho el ser administrador único de la misma no implica nada por cuanto siempre podría contratar un administrador único externo que dirigiera la compañía.
No hay ningún inconveniente ni diferencia en obtener el calificativo de unipersonal ya que lLa sociedad limitada unipersonal es una sociedad limitada con la única particularidad de tener, desde el punto de vista formal, un único socio, ya sea persona física o persona jurídica.
A menudo se nos plantea la cuestión de cuáles son las ventajas e inconvenientes de constituir o transformar una sociedad como unipersonal y la respuesta que venimos dando es siempre la misma: obviando el plus de formalidades que ha de cumplir la sociedad unipersonal, ésta no presenta en el desarrollo de su actividad ni mayores ventajas ni inconvenientes que una sociedad que, repetimos, formalmente no lo sea, los cambios siempre podrán realizarse en todo momento.
Por tanto, si es vd., un único socio y tiene el 100% de capital de la misma lo lógico es que adapte a su empresa el apelativo unipersonal.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]

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