Abuso de posición

Hola a todos,
me he quedado el negocio familiar de mi tía carnal desde hace un mes, que es una librería-papelería, que ella misma ha regentado por más de 30 años; por tanto es un punto de venta de prensa. Dicho esto, como pueden imaginar, es un cliente muy antiguo de las empresas que tienen el monopolio de la información en este país.
Me he desplazado personalmente a estos medios (Marina press, Logística de medios, Sgel, etc), es decir La Vanguardia, El periódico, El mundo deportivo, etc., para gestionar el cambio de nombre, ya que mi tía se dará de baja de autónomos y yo ya me he dado de alta. Dicho esto, me piden unas fianzas por credibilidad básicamente, que van desde los 3000 euros a los 4750 euros por medio. Solo por cambiar el nombre que si fueras un hijo/a lo harían directamente sin ningún coste. Al ser sobrina directa ya no quieren hacer el cambio si no es pagando las dichas fianzas. Me parece una barbaridad que en tiempos de crisis que tendrían que dar un premio a quien quiere hacerse autónomo y seguir con un negocio les pongan, sus mismos suministradores, todas las trabas posibles.
Por tanto mis preguntas son las siguientes:
- ¿Es legal exigir estas cantidades?
- ¿Dónde debe estar legislado que para estas transacciones mercantiles no se reconozca el segundo grado de parentesco y en cambio en otras ámbitos más importantes como el penal y administrativo si se reconozca?
Os estaría muy agradecida si alguien me pudiera orientar en este tema ya que solo pido trabajar para tirar adelante un negocio que solo tienes tres fiestas en todo el año laboral y trabajas de lunes a domingo desde las 7 de la mañana hasta las 9 de la noche.
Cordialmente,
Núria ROMERO ALSINA

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Respuesta
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Estimada Nuria.
Estando del todo de acuerdo en tus apreciaciones entiendo que en lo correspondiente a lo mercantil están en su derecho por cuanto existe un cambio de contrato al cambiar el titular y por tanto las cuestiones de solvencia pueden ser revisadas y exigidas nuevas fianzas una vez entregadas las anteriores que pudieran disponer.
Lo siento pero tienen todo el derecho al ser una cuestión contractual privada en la que el elemento parentesco no tiene mucho que ver con las cuestiones patrimoniales ni con las cuestiones de rating de un cliente de largo tiempo con respecto a un nuevo cliente.

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