Creación de empresa
Buenas tardes,
estamos pensando crear una empresa de alquiler de quads y bicicletas de montaña, así como guía turístico de rutas en quad. Sería en un pueblo pequeño pero turístico.
Quisiera saber el presupuesto necesario aproximado para la creación de dicha empresa, los requisitos que se deben reunir para realizar dicha actividad y si fuera posible la rentabilidad aproximada de la misma. Muchas gracias.
estamos pensando crear una empresa de alquiler de quads y bicicletas de montaña, así como guía turístico de rutas en quad. Sería en un pueblo pequeño pero turístico.
Quisiera saber el presupuesto necesario aproximado para la creación de dicha empresa, los requisitos que se deben reunir para realizar dicha actividad y si fuera posible la rentabilidad aproximada de la misma. Muchas gracias.
2 respuestas
Respuesta de enricm2
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enricm2, Licenciado en Físicas, especiliadad Electrónica e Informática y...
Me haces preguntas que son muy difíciles de responder para mi. Te puedo orientar en los trámites y en cómo debes hacer el presupuesto, pero ten en cuenta que soy asesor de empresas en general y no tengo un negocio como el tuyo, por lo tanto, es casi imposible que pueda darte datos aproximados de rentabilidad del mismo.
Te puedo decir que podéis empezar creando una Sociedad Limitada si prevéis que la facturación va a ser superior a 200.000 euros anuales. Si creéis que solo será un negocio complementario, podríais empezar por una C.B., que requiere menos trámites.
Luego hay que dar la empresa de alta en obligaciones fiscales (modelo 036), donde señalarías régimen general de IVA y pagos fraccionados a cuenta modelo 130 (caso de CB).
Los que vayan a trabajar allí se tendrán que dar de alta en autónomos.
Para el presupuesto tenéis que tener en cuenta la inversión incicial seria la compra de las bicis, quads, alquiler del local, acondicio (si lo hacéis a mano, acabaréis locos), contabilidad para llevaros las cuentas, mobiliario, seguro del local, donde tenéis que especificar cuantos vehículos tendréis dentro por si hubiere algún siniestro, los gastos mensuales de seguro de autónomo (mínimo 275 euros cada autónomo), material de oficina, material promocional (folletos de propaganda para entregar a agencias de viaje, centros de excursionismo, publicidad en radio o revistas especializadas etc.) y el proyecto de la actividad, que varía según cada municipio pero el coste oscila entre los 300 y los 2000 euros.
Así por encima, veo que os puede suponer una inversión mínima de 40.000 euros. Tendréis que tener en cuenta luego los gastos mensuales: Mantenimiento de los vehículos, limpieza, neumáticos, seguros, amortización (desgaste), teléfono, fax, luz, ), gastos de asesoría y el sueldo que os queráis poner.
Tened algo muy en cuenta: Son muy pocos los negocios que dan beneficios los tres primeros años, así que tenéis que disponer de recursos suficientes por si estáis en ese 90% que no logra ganancias en ese período.
Los negocios hay que ponerlos en marcha, darlos a conocer y eso supone que por muy bien que hagáis las cosas, los primeros años la gente no os conoce y por lo tanto las ventas son pequeñas. Luego, a medida que vayáis trabajando, conoceréis más sobre el mismo y donde promocionaros, con lo cual las ventas irán creciendo y vuestra experiencia también, siendo capaces de ser más eficientes tanto en la gestión como en la productividad de vuestro trabajo.
Te puedo decir que podéis empezar creando una Sociedad Limitada si prevéis que la facturación va a ser superior a 200.000 euros anuales. Si creéis que solo será un negocio complementario, podríais empezar por una C.B., que requiere menos trámites.
Luego hay que dar la empresa de alta en obligaciones fiscales (modelo 036), donde señalarías régimen general de IVA y pagos fraccionados a cuenta modelo 130 (caso de CB).
Los que vayan a trabajar allí se tendrán que dar de alta en autónomos.
Para el presupuesto tenéis que tener en cuenta la inversión incicial seria la compra de las bicis, quads, alquiler del local, acondicio (si lo hacéis a mano, acabaréis locos), contabilidad para llevaros las cuentas, mobiliario, seguro del local, donde tenéis que especificar cuantos vehículos tendréis dentro por si hubiere algún siniestro, los gastos mensuales de seguro de autónomo (mínimo 275 euros cada autónomo), material de oficina, material promocional (folletos de propaganda para entregar a agencias de viaje, centros de excursionismo, publicidad en radio o revistas especializadas etc.) y el proyecto de la actividad, que varía según cada municipio pero el coste oscila entre los 300 y los 2000 euros.
Así por encima, veo que os puede suponer una inversión mínima de 40.000 euros. Tendréis que tener en cuenta luego los gastos mensuales: Mantenimiento de los vehículos, limpieza, neumáticos, seguros, amortización (desgaste), teléfono, fax, luz, ), gastos de asesoría y el sueldo que os queráis poner.
Tened algo muy en cuenta: Son muy pocos los negocios que dan beneficios los tres primeros años, así que tenéis que disponer de recursos suficientes por si estáis en ese 90% que no logra ganancias en ese período.
Los negocios hay que ponerlos en marcha, darlos a conocer y eso supone que por muy bien que hagáis las cosas, los primeros años la gente no os conoce y por lo tanto las ventas son pequeñas. Luego, a medida que vayáis trabajando, conoceréis más sobre el mismo y donde promocionaros, con lo cual las ventas irán creciendo y vuestra experiencia también, siendo capaces de ser más eficientes tanto en la gestión como en la productividad de vuestro trabajo.
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- Anónimo
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Respuesta de iures3000
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iures3000, Somos abogados especializados en matrimonial, demandas de...
Nosotros, independientemente de que sea de quads, aunque precisamente por lo mismo, te recomendaríamos que constituyeses tu empresa como una sociedad limitada, pues es lo mejor que podéis hacer debido a la situación del mercado y a las características de vuestro futuro negocio.
Para crear una SL, te enumero los requisitos que deberás cumplir para crear la SL:
1º.- Solicitud del Certificado de Denominación Social. Se obtiene en el Registro Mercantil Central, que tiene su sede en Madrid, conforme a un impreso oficial que deberá rellenar el interesado, y en el que se podrá solicitar el certiticado respecto de una o varias denominaciones sociales hasta un máximo de tres. También puede soliciarse "on line" a través de la página web del mencionado registro.
2º.- La Escritura Pública de Constitución. La escritura de constitución debe contener:
a) La identidad de los socios.
b) La voluntad de constituir una sociedad limitada.
c) La aportación de cada socio y las participaciones asignadas en pago de su aportación.
d) Los estatutos de la sociedad.
e) El sistema de administración que inicialmente se establezca para la sociedad.
f) La identidad de la persona que inicialmente se encargue de la administración y de la representación de la sociedad.
Los socios deben elaborar unos Estatutos Sociales que se incorporarán a la Escritura de Constitución y por los que se regirá la sociedad. Dicha tarea pueden encargarla los socios al Notario que autorizará la escritura de constitución.
Los Estatutos deben contener las siguientes menciones:
a) Denominación de la sociedad, en la que deberá figurar necesariamente la expresión "sociedad de responsabilidad limitada", "sociedad limitada" o sus abreviaturas "S.R.L." o "S.L.".
b) Objeto social, que es la actividad a la que se va a dedicar la sociedad.
c) Fecha de cierre de cada ejercicio social.
e) Domicilio social dentro del territorio español.
f) Capital social, participaciones en que se divida, valor nominal de cada participación y numeración de las mismas.
g) Sistema de administración de la sociedad.
Si los socios realizan aportaciones dinerarias a la sociedad, deberán entregar al Notario un certificado que acredite el depósito en una Entidad de Crédito a nombre de la sociedad de las cantidades aportadas por los socios. La fecha del depósito bancario no podrá ser anterior en más de dos meses a la fecha en la que se firme la escritura de constitución de la sociedad. También cabe la posibilidad de que los socios entreguen directamente al Notario el dinero en que consista su aportación a la sociedad para que sea el propio Notario el que constituya el depósito en el plazo de cinco días hábiles.
Si se trata de aportaciones no dinerarias (inmuebles, maquinaria, vehículos, etc), los socios deberá entregar al Notario los títulos de propiedad de tales bienes o la documentación relativa a los mismos.
La sociedad puede dar comienzo a sus operaciones comerciales desde la fecha en que se otorga la Escritura de Constitución, aunque no esté inscrita aún en el Registro Mercantil, salvo que en la propia escritura se haya fijado una fecha posterior para el comienzo de las operaciones de la sociedad.
3º.- El pago del Impuesto de Operaciones Societarias.
La constitución de una sociedad limitada genera para la misma la obligación de pagar el Impuesto de Operaciones Societarias. Dicho impuesto es el uno por ciento (1%) del capital de la sociedad.
La liquidación o la solicitud de liquidación del Impuesto de Operaciones Societarias es requisito previo y necesario para la inscripción de la escritura de constitución en el Registro Mercantil.
4º.- La Inscripción en el Registro Mercantil.
En la inscripción debe constar la Cifra de Identificación Fiscal (C.I.F.), aunque sea provisional. Ello implica que deberá obtenerse el C.I.F. provisional y, una vez asignado dicho número, presentar la escritura en el Registro Mercantil para solicitar la inscripción de la misma.
Una vez inscrita, la sociedad adquiere su personalidad jurídica como sociedad de responsabilidad limitada.
5º.- Alta de la sociedad en Hacienda. Es necesario dar de alta la sociedad en Hacienda, concretamente deben efectuarse los siguientes trámites:
a) Obtener la Cifra de Identificación Fiscal (C.I.F.), que tendrá carácter provisional hasta que la sociedad quede inscrita en el Registro Mercantil, momento en el cual el C.I.F. se convierte en definitivo mediante la expedición por Hacienda de la correspondiente tarjeta que incorpora ese dato. Para obtener el C.I.F. se presenta en Hacienda un impreso con los datos de la sociedad y una copia de la escritura de constitución.
b) Dar de alta a la sociedad en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) Mediante la presentación del correspondiente impreso.
c) Realizar la declaración censal, que es el alta de la sociedad a los efectos del I.V.A. presentando el impreso para ello.
6º.- Otros trámites.
Finalmente, para iniciar la actividad del negocio deberán cumplirse otros trámites, como es la obtención de la licencia de apertura del establecimiento de la empresa, y la licencia de obras en el caso de que se realicen obras de reforma en el local en el que se va a realizar la actividad. Ambas licencias deberán tramitarse ante el Ayuntamiento del municipio en el que se encuentra el local de la sociedad.
También deberá tramitarse el alta la empresa en la Seguridad Social, que se efectúa en la Tesorería de la misma, y la comunicación de apertura del centro de trabajo, que se realiza en el Ministerio de Trabajo.
En cuanto al presupuesto y la rentabilidad, decirte que no podemos decirte con exactitud lo que deberías invertir, pero deberás tener en cuanta para su cálculo: el alquiler del local (si es vuestro en propiedad no), la luz, agua, basuras, teléfono, conexión a internet, el valor de las bicicletas (eso ya es al gusto), el de los quads, la gasolina de los mismos, los salarios de los trabajadores (si vas a tenerlos), la cuota de la seguridad social de los mismos, los seguros,... Vamos, una previsión en toda regla. Si ya dispones de los quads y las bicicletas, calculamos que sería un desembolso inicial de unos 10 o 12 mil euros, y mensual de unos 2.500-3000 en gastos, en el que incluimos el salario de un trabajador. Si no tienes los quads, estas cuantías aumentarían, en una cantidad o en otra dependiendo si los vas a comprar o bien utilizas otro sistema.
Lo de la previsión de ingresos... ahí si que no te podemos orientar con exactitud. Deberíamos saber el pueblo, sus habitantes, el potencial de turistas que tiene, sus comportamientos dependiendo de las temporadas o si el negocio se mantendría estable durante todo el año,... Son muchas variables que se deben analizar y que no podemos hacer con estos datos.
Esperamos haberte ayudadao. Un cordial saludo, y recuerda puntuar
Para crear una SL, te enumero los requisitos que deberás cumplir para crear la SL:
1º.- Solicitud del Certificado de Denominación Social. Se obtiene en el Registro Mercantil Central, que tiene su sede en Madrid, conforme a un impreso oficial que deberá rellenar el interesado, y en el que se podrá solicitar el certiticado respecto de una o varias denominaciones sociales hasta un máximo de tres. También puede soliciarse "on line" a través de la página web del mencionado registro.
2º.- La Escritura Pública de Constitución. La escritura de constitución debe contener:
a) La identidad de los socios.
b) La voluntad de constituir una sociedad limitada.
c) La aportación de cada socio y las participaciones asignadas en pago de su aportación.
d) Los estatutos de la sociedad.
e) El sistema de administración que inicialmente se establezca para la sociedad.
f) La identidad de la persona que inicialmente se encargue de la administración y de la representación de la sociedad.
Los socios deben elaborar unos Estatutos Sociales que se incorporarán a la Escritura de Constitución y por los que se regirá la sociedad. Dicha tarea pueden encargarla los socios al Notario que autorizará la escritura de constitución.
Los Estatutos deben contener las siguientes menciones:
a) Denominación de la sociedad, en la que deberá figurar necesariamente la expresión "sociedad de responsabilidad limitada", "sociedad limitada" o sus abreviaturas "S.R.L." o "S.L.".
b) Objeto social, que es la actividad a la que se va a dedicar la sociedad.
c) Fecha de cierre de cada ejercicio social.
e) Domicilio social dentro del territorio español.
f) Capital social, participaciones en que se divida, valor nominal de cada participación y numeración de las mismas.
g) Sistema de administración de la sociedad.
Si los socios realizan aportaciones dinerarias a la sociedad, deberán entregar al Notario un certificado que acredite el depósito en una Entidad de Crédito a nombre de la sociedad de las cantidades aportadas por los socios. La fecha del depósito bancario no podrá ser anterior en más de dos meses a la fecha en la que se firme la escritura de constitución de la sociedad. También cabe la posibilidad de que los socios entreguen directamente al Notario el dinero en que consista su aportación a la sociedad para que sea el propio Notario el que constituya el depósito en el plazo de cinco días hábiles.
Si se trata de aportaciones no dinerarias (inmuebles, maquinaria, vehículos, etc), los socios deberá entregar al Notario los títulos de propiedad de tales bienes o la documentación relativa a los mismos.
La sociedad puede dar comienzo a sus operaciones comerciales desde la fecha en que se otorga la Escritura de Constitución, aunque no esté inscrita aún en el Registro Mercantil, salvo que en la propia escritura se haya fijado una fecha posterior para el comienzo de las operaciones de la sociedad.
3º.- El pago del Impuesto de Operaciones Societarias.
La constitución de una sociedad limitada genera para la misma la obligación de pagar el Impuesto de Operaciones Societarias. Dicho impuesto es el uno por ciento (1%) del capital de la sociedad.
La liquidación o la solicitud de liquidación del Impuesto de Operaciones Societarias es requisito previo y necesario para la inscripción de la escritura de constitución en el Registro Mercantil.
4º.- La Inscripción en el Registro Mercantil.
En la inscripción debe constar la Cifra de Identificación Fiscal (C.I.F.), aunque sea provisional. Ello implica que deberá obtenerse el C.I.F. provisional y, una vez asignado dicho número, presentar la escritura en el Registro Mercantil para solicitar la inscripción de la misma.
Una vez inscrita, la sociedad adquiere su personalidad jurídica como sociedad de responsabilidad limitada.
5º.- Alta de la sociedad en Hacienda. Es necesario dar de alta la sociedad en Hacienda, concretamente deben efectuarse los siguientes trámites:
a) Obtener la Cifra de Identificación Fiscal (C.I.F.), que tendrá carácter provisional hasta que la sociedad quede inscrita en el Registro Mercantil, momento en el cual el C.I.F. se convierte en definitivo mediante la expedición por Hacienda de la correspondiente tarjeta que incorpora ese dato. Para obtener el C.I.F. se presenta en Hacienda un impreso con los datos de la sociedad y una copia de la escritura de constitución.
b) Dar de alta a la sociedad en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) Mediante la presentación del correspondiente impreso.
c) Realizar la declaración censal, que es el alta de la sociedad a los efectos del I.V.A. presentando el impreso para ello.
6º.- Otros trámites.
Finalmente, para iniciar la actividad del negocio deberán cumplirse otros trámites, como es la obtención de la licencia de apertura del establecimiento de la empresa, y la licencia de obras en el caso de que se realicen obras de reforma en el local en el que se va a realizar la actividad. Ambas licencias deberán tramitarse ante el Ayuntamiento del municipio en el que se encuentra el local de la sociedad.
También deberá tramitarse el alta la empresa en la Seguridad Social, que se efectúa en la Tesorería de la misma, y la comunicación de apertura del centro de trabajo, que se realiza en el Ministerio de Trabajo.
En cuanto al presupuesto y la rentabilidad, decirte que no podemos decirte con exactitud lo que deberías invertir, pero deberás tener en cuanta para su cálculo: el alquiler del local (si es vuestro en propiedad no), la luz, agua, basuras, teléfono, conexión a internet, el valor de las bicicletas (eso ya es al gusto), el de los quads, la gasolina de los mismos, los salarios de los trabajadores (si vas a tenerlos), la cuota de la seguridad social de los mismos, los seguros,... Vamos, una previsión en toda regla. Si ya dispones de los quads y las bicicletas, calculamos que sería un desembolso inicial de unos 10 o 12 mil euros, y mensual de unos 2.500-3000 en gastos, en el que incluimos el salario de un trabajador. Si no tienes los quads, estas cuantías aumentarían, en una cantidad o en otra dependiendo si los vas a comprar o bien utilizas otro sistema.
Lo de la previsión de ingresos... ahí si que no te podemos orientar con exactitud. Deberíamos saber el pueblo, sus habitantes, el potencial de turistas que tiene, sus comportamientos dependiendo de las temporadas o si el negocio se mantendría estable durante todo el año,... Son muchas variables que se deben analizar y que no podemos hacer con estos datos.
Esperamos haberte ayudadao. Un cordial saludo, y recuerda puntuar
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