Si se registra como autónoma, tendrá que pagar todos los meses la cotización a la Seguridad Social. La mínima es de unos 250E al mes, pero hay algunas categorías especiales donde se puede pagar menos, por ejemplo si se registra bajo el epígrafe de venta a domicilio (la cotización mínima es la mitad). Esto lo tendría que hablar en Hacienda cuando se registre, para ver cual categoría es la correcta.
Aquí tiene el link de los tipos de cotización de la SS (busque el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Basesytiposdecotiza36537/index.htm#36550No existe la posibilidad de pagar la mitad por dedicarse a media jornada.
Si va a cobrar el pago único, lo malo es que luego tiene que mantenerse 3 años como autónoma, sino le pedirán que lo devuelva íntegramente. Al ser mujer de menos de 35 años puede tener hasta el 80% de las cuotas.
Otra opción es no cobrarlo, y así no pierde su derecho al paro, tan sólo tendría que volver a trabajar un rato para volver a poder cobrar la prestación por desempleo.
Pero siendo mujer de 24 años, seguro que su Comunidad Autónoma tiene otras subvenciones, menos restrictivas, que le podrían ayudar para empezar. Suele aparecer en las páginas web de las CCAA.
Siendo autónoma tendrá que facturar con IVA a sus clientes, y cada 3 meses hará una declaración de IRPF e IVA. No tiene que llevar contabilidad, tan solo un libro de facturas recibidas y uno de facturas emitidas. Podrá deducirse el IVA y tomar en cuenta los gastos para el IRPF, siempre que se traten de gastos relacionados con su negocio.
En este tipo de situación, como se maneja mucho dinero en efectivo, muchos profesionales declaran muchas menos que lo que realmente facturan, ya que es difícil verlo para la administración, pero le aconsejo que cumpla la ley y facture correctamente todo, ya que nunca se sabe lo que pueda pasar (denuncia de un cliente insatisfecho o de competidores), y entonces los problemas son más grandes.
Le pongo un link de los requisitos para ser autónomo y de lo que conlleva:
http://asesorfinanciero.over-blog.es/article-pasos-para-crear-una-empresa-como-autonomo-59591021.htmlNo olvide cerrar y puntar.