Dudas sobre autónomo trade
Me han ofrecido contrato como AUTÓNOMO TRADE DEPENDIENTE, contrato renovable año a año, con derecho a vacaciones, pero que al ser autónomo no habría derecho a indemnización en caso finalización de la relación.
He leído que este contrato sí da derecho a PARO, pero que tiene que registrarse en el INEM. ¿Quién lo registra? ¿La empresa o yo? ¿Después de la firma de contrato o es algo que debe quedar reflejado en el contrato que yo firmo?
Otra cosa: ¿Cuánto tengo que pagar de cuota de autónomo? Ya fui autónoma en el año 2011 durante 3 meses. Soy mujer, tengo 32 años. Así que me han dicho que cerca de 300 eu (porque el TRADE tiene que pagar cuota por cese de actividad)
¿Puede confirmarme esto?
También me han dicho que no puedo acogerme a la tarifa 50 eu para emprendedores, y que tampoco a la bonificación por ser mujer menor de 35 años porque fui autónoma SÓLO 3 MESES en 2011.
¿Esto es así? ¿No hay ningún modo de pagar una cuota menor o reclamar?
Estaría dispuesta a reclamar, o devolver lo que me fue bonificado en 2011 para poder optar a alguna bonificación ahora, aunque no sé si esto se puede hacer.
¿Algo importante que deba saber del autónomo trade?
¿Qué me podré desgravar?