Facturación de Sociedad Civil y autónomos
Somos 4 autónomos, ingeniero, arquitecto y arquitectos técnicos, constituidos como SC.
Cada uno con su coche personal, dos de nosotros con una oficina, con teléfono, internet, electricidad, gastos de colegiación, visados, en fin cada uno con sus propios gastos derivados de la actividad a nombre propio, no de la sociedad.
El objeto de la creación de la sociedad fue para facilitar la facturación de cara al cliente, ya que se hacía complicado, incluso embarazoso, presentar 4 facturas en cada fase de proyecto y obra (fácilmente se podía terminar presentando unas 16 facturas por encargo, algo que se puede hacer complicado de entender para un promotor privado).
¿Sería posible que cada socio facturase a la sociedad como autónomo? De manera que no hubiese beneficio a repartir por parte de la sociedad y la sociedad fuese simplemente una mera herramienta para la facturación y retención.
De no se posible por ser una entidad en régimen de atribución de renta, ¿cómo se imputarían los gastos propios de cada autónomo a la sociedad?
Cada uno con su coche personal, dos de nosotros con una oficina, con teléfono, internet, electricidad, gastos de colegiación, visados, en fin cada uno con sus propios gastos derivados de la actividad a nombre propio, no de la sociedad.
El objeto de la creación de la sociedad fue para facilitar la facturación de cara al cliente, ya que se hacía complicado, incluso embarazoso, presentar 4 facturas en cada fase de proyecto y obra (fácilmente se podía terminar presentando unas 16 facturas por encargo, algo que se puede hacer complicado de entender para un promotor privado).
¿Sería posible que cada socio facturase a la sociedad como autónomo? De manera que no hubiese beneficio a repartir por parte de la sociedad y la sociedad fuese simplemente una mera herramienta para la facturación y retención.
De no se posible por ser una entidad en régimen de atribución de renta, ¿cómo se imputarían los gastos propios de cada autónomo a la sociedad?
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