Una empresa recién creada..

Una empresa recién creada debe, para iniciar su actividad:
a) Solicitar su inscripción a la seguridad social
b) Inscribirse en el SERVEF
C) Darse de alta en el Registro Bursátil.
d) Publicarse en el BOE

1 Respuesta

Respuesta
-1
¿Puedo pedir el comodín del público?
... Es broma :)
a) Tienes que inscribirte en la seguridad social como contratador si vas a tener trabajadores contratados. Si vas a ser tu solo tendrás que estar dado de alta como autónomo.
b) El alta en el servef (servicio valenciano de mpleo y formación) no es necesario
C) No
d) En el registro mercantil al registrar la escritura de tu sociedad ya se encargan ellos de publicar la creación de tu empresa, no se si es el BOE o el boletín de tu comunidad. No es algo que puedas elegir, lo hacen ellos si o sí.
Puedes ver más sobre creación de empresas aquí: Creación de empresas
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Espero haberte ayudado.
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