Llevo 3 años y medio trabajando en una empresa con un contrato hasta fin de obra, me han dicho que al cumplir más de 3 años en una misma empresa sin haberme liquidado nunca tendrían la obligación de hacerme un contrato indefinido y que aunque no me lo hicieran, dicho contrato al pasar más de 3 años se presupone indefinido, ¿es eso cierto?.
Respuesta de eduacere
1
1
eduacere, Economista con veinte años de experiencia
No, no es cierto. El contrato de duración determinada para obra o servicio (bien especificado) no establece límite en cuanto a temporalidad. Sí lo hace la Ley en cambio para los contratos de acumulación de tareas o exceso de pedidos que impone un máximo de 12 meses y la posibilidad de prorrogar una sola vez. <Pero aunque regidos por el mismo artñiculo, en tu caso no establece límite máximo, lo que sí deja muy claro la Ley al respecto es la obligación de probar el objeto del contrato, es decir que si te pasan de una obra a otra durante años (eso no es correcto) y se te considera fijo de plantilla. Pero una obra bien definida puede durar más de tres años sin ninguna duda. Ya contesté a una pregunta similar y te pongo el mismo ejemplo "imagina que el alcalde de Madrid una vez finalizada la M-30 subterránea le da por proyectar construir unas pirámides en pleno Paseo de la Castellana, te contratan para su realización y lleva un tiempo de ocho o diez años, pues no pasas a ser fijo de plantilla, tu contrato vence una vez terminada la obra o bien tus servicios en la misma que pueden ser parciales a efectos de su total finalización. Lo que te han "soplado" se basa en una Ley ya derogada y bastante antigua. Data de los años ochenta y en efecto existía dicho limiten dirigido a las obras de construcción. Pero hoy en día es agua pasada. Se presumirá tu contrato indefinido en el momento en que la empresa incumpla las bases de la temporalidad por la que te contrató y eso equivale a que te cambien de obra manteniendo el mismo principio del contrato firmado. Eso sí te da derecho a reclamar tu posición como fijo de plantilla. Si no ha sucedido esto y la obra inicial de tu contrato dura ya mucho tiempo no significa que no acabe nunca. Cuando finalize de indemnizarán y la relación laboral quedará rescindida por fin de obra.