Lidia, veo que aún sigues con dudas, por lo que te remito a la página del Servicio Público de Empleo Estatal, ahí marca todas las prestaciones que este organismo tiene.
Te pongo en el menú en donde se encontraría tu novio.
En que acaba la prestación y si tiene derecho a alguna ayuda más:
<a>http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00c.html</a>
Aquí ya te indica que para cobrar el subsidio o bien tienes que :
- Tener cargas familiares
- Tener más de 45 años
- No tener cotizaciones para paro, pero tener al menos cotizados 6 meses (desde la última que accedió con cotizaciones al paro, o sea que no cuenta el tiempo trabajado por el que cobro paro)
Entonces, tu novio no entra en ninguno de los requisitos para cobrar el subsidio.
Otra cosa, es una subvención, programa de recualificación que aprobó el gobierno, que se conoce como Plan Prepara,
Pero este programa tiene fecha fin el 15 de febrero, no sé si lo van a prorrogar o no, pero para acceder actualmente tiene que tener, entre otros:
<a>http://www.sepe.es/contenido/empleo_formacion/formacion/programa_prepara/prepara.html</a>
Punto 2:
Se centra el colectivo de beneficiarios en los parados de larga duración
(Más de doce de los últimos dieciocho meses en desempleo) o parados con
Cargas familiares, manteniéndose el resto de requisitos de acceso
Contemplados en programas anteriores
Actualmente tu novio no tiene cargas familiares(si las tuviese ya pasaría al subsidio de agotamiento con cargas familiares) o bien el haber estado incsrito 12 meses en los últimos 18 meses
Si cumple este último requisito y empieza a cobrarla, estando soltero, y luego se casa tiene que comunicar ese cambio de situación en el servicio público de empleo estatal (sepe), en donde le pedirán ingresos de su mujer, que al superar, le suspenderían la ayuda.
Si no lo comunicase y se detecta, por cruce con hacienda u otro organismo, tendría que devolver el dinero cobrado indebidamente.
La separación de bienes, en el sepe, no se tiene en cuenta a la hora de valorar los ingresos, otra cosa son propiedades, etc.. pero los ingresos de la undiad familiar, aunque tu hagas separación de bienes, como la ley te obliga a la asistencia de alimentos hay que tener en cuenta los ingresos a la hora de subsidios asistenciales. Por lo que para que no tengan en cuenta tu nómina no valdría.
Espero haberte ayudado, echa un vistazo a los enlaces, te ayudarán también.