No hay ninguna legislación que obligue al trabajador a comunicar a la empresa el cambio de domicilio.. Cuando se efectúa un cambio de domicilio de la vivienda habitual, el ciudadano tiene obligación de comunicarlo a determinados organismos de la Administración y, aunque no es obligado, es muy conveniente hacerlo también a entidades o empresas con las que se mantiene algún tipo de relación, sea ésta contractual o de cualquier otra índole. Los trámites para comunicar el traslado de residencia hay que hacerlos tanto cuando se compra un piso o una casa como primera vivienda, como cuando se alquila para vivienda habitual, y tantas veces como se cambie de domicilio. Es recomendable informar de esta situación lo antes posible para evitar desajustes posteriores.
¿Dónde hay que comunicar el cambio de domicilio?
Existe la obligación de comunicar el cambio de domicilio en:
- El Padrón Municipal del Ayuntamiento.
Es el primer trámite a realizar, ya que el volante de empadronamiento nos lo van a pedir para hacer el resto. Hay que hacerlo de forma presencial y llevar la siguiente documentación:
El DNI original y una fotocopia por la dos caras
Si la casa es de alquiler, el contrato de alquiler y, si la casa es de compra, la escritura de propiedad. También puede servir la presentación de algún recibo de agua o de luz
- En Hacienda (Agencia Estatal de Administración Tributaria)
El artículo 48.3 de la Ley General Tributaria establece, para los obligados tributarios, la obligación de comunicar su domicilio fiscal, o el cambio del mismo, a la Administración Tributaria. La omisión de este deber constituye una infracción leve, sancionable mediante multa pecuniaria fija de 100 euros.
Para hacer este cambio de domicilio fiscal hay que cumplimentar el Modelo 030 (se puede descargar de www.agenciatributaria.es) y presentarlo en las oficinas de la Agencia Tributaria o enviarlo por correo. Si se dispone de certificado digital se puede hacer por internet. También se puede comunicar el cambio por teléfono: 901 200 345
- Dirección General de la Policía (DGP) donde expidan DNI.
También es obligado actualizar los datos en el Documento Nacional de Identidad cuando se cambia de domicilio habitual, pero no existe la obligación de notificar a la empresa el cambio de domicilio, aunque lo mas lógico es que si un trabajador cambia de domicilio se lo comunique a la empresa pero no tiene ninguna obligación de comunicárselo.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..