Ni ere, ni paro ni nos pagan

El motivo de mi pregunta, es para que me asesoréis un poco, ya que no tengo para pagarme un abogado, debido mi situación laboral.
Os comento un poco por encima. Yo trabajo de camionero y mi jefe tenia la concesiònde coca-cola para hacerle el reparto en la zona centro. El día 31 de Enero le quitaron la concesión y se la dieon a otra empresa. Llego el 1 de Enero y mi jefe nos dìo una carta en la que nos ponía que nos daba permiso retribuido hasta el 8 de Marzo, para el poder presentar el ERE temporal de seis meses prorrogable otros seis meses.
Estos meses nos serian pagados por el paro, transcurrido este tiempo el se comprometía a recolocarnos con los mismo derechos. Cual es nuestra sorpresa, que ayer nos manda un correo diciendo que no nos puede pagar ya que él considera que el INEM nos tiene que pagar a partir del 6 de Febrero que es cuando la empresa presenta el ERE en magistratura. En principio él se comprometió a pagarnos ya que era un permiso retribuido y ahora dice que no, cuando no sabe ni siquiera si le van aceptar el ERE. A nosotros nos dicen los sindicatos que es muy difícil que se lo concedan. Desearía saber si esta situación es denunciable o que alternativas tengo. Porque ni me paga el paro ya que yo no tengo papeles ni estoy apuntada al paro, de momento sigo dado de alta en la empresa. Solo se que no cobro y las letras me viene y no tengo ni para pagarlas. En cima mi mujer también trabaja en la empresa, y estamos los dos sin ingresar dinero en casa. Y como tampoco podemos buscarnos otro trabajo ya que se esta forma perderíamos todos los derechos. Yo llevo 10 años, y mi mujer lleva 8.
Respuesta
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Lo que tienes que hacer es acudir al SMAC (servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación) y a la Inspección de trabajo para presentar una demanda de reclamación de cantidad por los salarios dejados de cobrar. No se si sabes que legalmente si la Empresa no te paga puedes solicitar la resolución de tu contrato con lo cual te tendrían que pagar una indemnización de 45 días de salario por año trabajado y tendrías derecho a paro.
No dejes pasar los plazos. Acude a estos dos sitios y ellos te dirna que papeles has de rellenar. No necesitas abogado para ello. Se celebrara un acto de conciliación y se le requerirá a la Empresa para que pague los salario y de no hacerlo podrías pedir la resolución dell contrato por este motivo con la consecuencias que te he comentado
Suerte y saludos
Hola y disculpa las molestia lo primero gracias por contestarme pero solo una pequeña aclaración según me an dicho otros compañeros para poder rescinir el contrato o poder pedir una indemnización es necesario que sean tres meses sin cobrar no se si eso es así o que, ya te digo según algunos compañeros es necesario este requisito a ver si me puedes decir algo al respecto y gracias de antemano
El Artículo 50 del Estatuto de los trabajadores: Extinción por voluntad del trabajador, establece lo siguiente:
1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
Con lo cual no establece un plazo de 3 meses y si a ti te esta suponiendo un perjuicio económico grandes (como el no pago de recibos) sería suficiente.

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