Hola famontero. Estoy viviendo en México desde hace unos años, pero voy a volver a España. La idea es encontrar un trabajo que me asegure un dinero cada mes y además darme de alta como autónomo porque quiero ser importador. ¿Puedo hacer las dos cosas a la vez? ¿Para ser importador tengo que ser autónomo a la fuerza o hay otras opciones? Gracias por tu tiempo.
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Respuesta de famontero
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famontero, Ingeniero Técnico, Maestro Industrial y proyectista
Tienes que estar dado de alta como autónomo, en el registrado mercantil. Tanto pata importar como para exportar tienes que cumplir las siguientes normas: 4. Documentación 4.1 Certificados fitosanitarios 4.2 Certificado fitosanitario para la reexportación 4.3 Procedimientos 4.4 Registros 4.5 Seguimiento de envíos 4.1 Certificados fitosanitarios 4. Los modelos de certificados fitosanitarios tal como se describen en el anexo a la CIPF deben ser utilizados. El certificado fitosanitario debe contener información suficiente para identificar claramente el envío al cual se refiere. El certificado fitosanitario no debe contener información que no sea de naturaleza fitosanitaria. 4.1 La validez de los certificados fitosanitarios no debe ser indefinida, sino de duración limitada (antes de la exportación), hasta donde las ONPF consideren apropiado, para garantizar la integridad fitosanitaria y física. Los rechazos relacionados con obligaciones legales se pueden incluir en el certificado fitosanitario que se expida. 4.2 Certificado fitosanitario para la reexportación Antes de expedir un certificado fitosanitario para la reexportación de un envío, la ONPF debe examinar primero el certificado fitosanitario original expedido por el país de origen y determinar si los requisitos del país de destino son más severos, iguales o menos estrictos que aquellos solicitados en el certificado fitosanitario. Si el contenido del envío es reenvasado, se debe hacer una inspección adicional independiente de la severidad de los requisitos establecidos. Sin embargo, si el envío no se reenvasa, se pueden presentar dos casos. Si los requisitos son los mismos o menos estrictos, no se requiere una inspección adicional. Si los requisitos son más severos, se debe llevar acabo una inspección adicional. Si el país de destino tiene requisitos especiales (por ejemplo, inspección de campo) que no pueden ser cumplidos por el país de reexportación, no se puede expedir un certificado fitosanitario para la reexportación a menos que este articulo en especial haya sido incluido o declarado en el certificado fitosanitario original o si han realizado pruebas de laboratorio equivalentes en muestras y que hayan sido aprobadas por el país de destino. Los procedimientos adecuados para satisfacer esos requisitos especiales pueden ser acordados entre las ONPF de los países de origen y reexportación, cuando exista un proceso regular de reexportación o si éste comienza. Si el país de reexportación no necesita el certificado fitosanitario para el producto básico mencionado, pero el país de destino lo requiere, y los requisitos pueden cumplirse con inspecciones visuales o pruebas de laboratorio para muestras, el país de reexportación puede expedir un certificado fitosanitario normal con el país de origen indicado en paréntesis. 4.3 Procedimientos La ONPF debe mantener documentos de guía, procedimientos e instrucciones de trabajo, como sean apropiados, y que cubran todos los aspectos del sistema administrativo de certificación. Los elementos clave incluyen: - Instrucciones relativas a certificados fitosanitarios: - control sobre la expedición (manual o electrónico) - Identificación de los oficiales que los expidan - Inclusión de declaraciones adicionales - Complementación de la sección de tratamientos que aparece en el certificado - Correcciones autorizadas - Complementación de certificados fitosanitarios - Firma y entrega de certificados fitosanitarios - Instrucciones relativas a otros componentes: - Procedimientos de trabajo con la industria - Procedimientos de muestreo, inspección y verificación - Seguridad de los sellos o marcas oficiales - Identificación, seguimiento y seguridad del envío - Mantenimiento de registros. 4.4 Registros De manera general, se deben conservar los registros de todas las actividades relativas a esta norma. Se debe también conservar una copia de cada certificado fitosanitario para propósitos de validación y "rastreo". Se deben mantener registros apropiados de cada envío para los cuales se expidió un certificado fitosanitario: - Cualquier inspección, prueba, tratamiento u otra verificación que hayan sido realizadas en los envíos - Nombres de miembros del personal que realizaron estas labores - Fecha en la cual se realizó la actividad - Resultados obtenidos - Cualquier muestra que se haya tomado. Será de utilidad mantener registros equivalentes para aquellos envíos que no reúnen los requisitos y para los cuales no se expidió un certificado fitosanitario. La ONPF debe ser capaz de recuperar estos registros cuando así se le solicite sobre un periodo de tiempo adecuada. Se recomienda el empleo de almacenamiento y recuperación electrónica de seguridad para la documentación rutinaria de registro. 4.5 Seguimiento de envíos A los envíos y su certificación se las dará seguimiento, como sea conveniente, a través de todas las etapas de producción, manipulación y transporte hasta el punto de exportación. Si la ONPF detecta después de una exportación, de que el envío puede no haber cumplido con los requisitos del país importador, debe avisarlo a la ONPF del país importador a la mayor brevedad posible.
Para que no quede la pregunta colgada, puntúala.
Me hablas del caso de productos fitosanitarios, pero en mi caso sería textil (bolsos y camisetas) así que muchas de esas cosas no me sirven. Gracias de todas formas.