Si te marchas voluntariamente de tu empresa al ser un cese voluntario no te corresponde la prestación por desempleo, pero todo el tiempo que tengas cotizado y no hayas consumido en prestaciones anteriores se te acumula para futuras prestaciones, pero si te marchas de la empresa en la que estas trabajando para iniciar la actividad en otra empresa con un contrato cuya duración supere los tres meses y pasados los tres meses te despiden, por no pasar el periodo de prueba o por que te rescinden y no te renuevan el contrato o por cualquier tipo de despido empresarial ajeno a tu voluntad, entonces, tienes derecho a prcibir la prestación por desempleo, por el tiempo que te corresponda según los años que tengas cotizados, pero si el despido se produce antes de que hayan transcurridos los tres meses completos y aunque el despido sea por una causa ajena a tu voluntad, entonces no te corresponde el despido, aunque el tiempo cotizado se te acumula con las otras cotizacions que tienes sin consumir para para futuras prestaciones... en el enlace tienes la información de el tiempo que te corresponde por los años cotizados.. no se te olvide calificar la respuesta muchas gracias y un saludo muy cordial..
http://www.terra.es/personal/alksoft/legal/15-cuanp.htm