La que tal:Mira, cuando el contrato de trabajo es un contrato por media jornada o por una jornada reducida cada día trabajado, se considera como un día cotizado independientemente de la duración de la jornada labora, y si la jornada se distribuye en 5 o más días de trabajo a la semana, el periodo de cotización será equivalente al periodo de duración del contrato de trabajo y si la jornada de trabajo se distribuye en menos de 5 días de a la semana, los días trabajados se multiplican por el coeficiente 1,4 para obtener los días de cotización efectivos para cobrar la prestación por desempleo, de forma que si as trabajado durante cinco días a la semana y has trabajado durante año y medio te corresponde 6 meses de prestación por desempleo y por supuesto que no se cobra lo mismo trabajando a media jornada que a jornada completa porque la cuantía salarian tampoco es la misma cuando se trabaja por media jornada puesto que la base reguladora que va a determinar la cuantía de la prestación, se va a obtener del promedio de las cotizaciones por contingencias profesionales menos las horas extraordinarias efectuadas en los 6 meses anteriores al despido o finalización del contrato cuantía que variara en función de si se tiene responsabilidades familiares y del numero de hijos del solicitante de la prestación, de todas formas en el enlace que te dejo mas abajo lo tienes todo muy detallado.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..