Deducción en irpf

Hola! Hay varios conceptos sobre el irpf que no tengo bien claros:
->Mi marido ha trabajado en 2 empresas distintas. Aunque no llegue al mínimo de ingresos, ¿esta obligado a hacer la declaración?
-> El año pasado se le terminó el contrato con la primera de las empresas, y según su convenio, le correspondía una indemnización por fin del contrato. ¿Esa indemnización se puede deducir de manera análoga a las de despido?
Muchas gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
Si sus ingresos no llega al mínimo no tiene que declarar.
La indemnización no cuenta como renta percibida, es decir no computa como ingreso, sólo la nómina.
Me ha desorientado un poco la respuesta, porque otro experto me dijo que si pasaba de 8000 euros (y no de 21000) sì debía hacerla, y ademas que la indemnización solo esta exenta cuando es de despido, pero no cuando es por finalización de contrato porque es una especie de compensación salarial que sì tributa. Ademas la empresa la ha incluido como rendimientos del trabajo y la ha sujetado a retención.
Perdona, leí mal, entendí que la indemnización era por despido.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas