Colaboro con entidades de crédito, para vender los coches de la empresa donde estoy trabajando, estas comisiones me las pagan con su correspondiente retención, yo no les paso factura al banco, ellos me las ingresan mensualmente a una cuenta particular mía, y quisiera saber como tengo que declarar este dinero al hacer la declaración de hacienda anual.
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Respuesta de hume
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hume, Economista. 10 años de experiencia como asesor fiscal, laboral y...
Por lo que cuentas, pudiera parecer que estás desarrollando una actividad económica con habitualidad. Ello, en principio te acarrea la obligación de darte de alta ante la AEAT utilizando el modelo 036 (de declaración censal) y asumiendo obligación de presentación de documentos (aunque en tu caso, si no tienes iva y te retienen el 15% podrías llegar a no tener que presentar ninguno...). También tendrías la obligación, en principio, de darte de alta en autónoms, aunque si la cuantía de las comisiones no se acerca al salario mínimo interprofesional, entonces hay diversas sentencias que hablan de que esa obligación desaparece, al ponerse en entredicho la habitualidad en el desarrollo de la actividad. No obstante todo lo anterior, que es lo que establece la normativa, conozco múltiples casos de personas que perciben pequeñísimas comisiones con su retención y todo y no hacen nada de lo que he descrito en el párrafo anterior. En este supuesto, estas personas al parecer imputan estos rendimientos como si se tratara de un rendimiento del trabajo personal, poniendo las retenciones, y ¡Santas pascuas! Si en tu caso las comisiones son de una cierta cuantía, tendrás que obrar de acuerdo a lo que expongo en el párrafo primero. Sin son pequeñitas, considera lo que pone en el segundo. Ten en cuenta que lo fundamental es que tributes por ese dinero que percibes, el resto, como mucho, serán problemas menores.