Taller de pintura
Pronto tendré un un pequeño piso en propiedad y con escritura. Yo me dedico a la pintura y había pensado adecuar una habitación o salón para dar clases de dibujo y pintura, algo modesto, pero antes de todo quiero informarme porque no quiero meterme en problemas . ¿Tendría qué declarar algo así? Alta de empresa (si se puede definir así), cotizar, etc... No entiendo del asunto. ¿Seria sancionable esa actividad? ¿Y qué tipo de sanción? No me gusta meterme en problemas y soy muy escrupuloso con esas cosas. Me pueden decir ademas la norma que rige este tipo de actividad, ¿si es que llega a esa altura de estar regulada?
No se si lo mejor seria hacerlo todo como una empresa en toda regla si lo otro tuviera riesgo, si es que salen las cuentas claro. Aunque se que hay gente que lo hace por su cuenta, dar clases de lo que sea, y no creo que declaren nada.
No se si lo mejor seria hacerlo todo como una empresa en toda regla si lo otro tuviera riesgo, si es que salen las cuentas claro. Aunque se que hay gente que lo hace por su cuenta, dar clases de lo que sea, y no creo que declaren nada.
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