Sociedad civil particular y administración publica

Tenemos el siguiente problema, hemos de facturar unos servicios a una administración publica por un trabajo desarrollado a través de nuestra sociedad civil particular, sin embargo nos dicen que al ser una sociedad irregular, no podemos contratar con ellos...
La pregunta es ¿al ser nosotros autónomos, puede facturar uno de nosotros independientemente de la sociedad civil a hacienda? ¿Podemos facturar como autónomos siguiendo la numeración de las facturas ya emitidas en la sociedad? ¿Podemos poner en la factura el nombre y logo de la sociedad, aunque vaya a nombre de un autónomo?
Cualquier solución a esta cuestión o a alguna de ella la agradeceríamos, ya que tiene cierta urgencia que solucionemos este tema por los trabajos futuros.

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Sigo sin entenderlo, a mi también es la primera vez que se me plantea una cuestión de este tipo, mi recomendación es que vayáis a la delegación de hacienda más cercana y plantear es pregunta, o llamando al 901.33 55 33 de hacienda. Siento no poder ayudaros.
Es un tema complejo, gracias por tu interés, llamaremos a hacienda.
Tendría que saber antes de que tipo de sociedad civil se trata. Si la sociedad civil es una comunidad de bienes y está censada como empresa no entiendo la negativa a la contratación de la Administración. Ahora bien, si la sociedad civil es una herencia o comunidad sin actuar como empresario, no puede facturar de ninguna forma, ni siquiera con el nombre de uno de los socios.

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