Cta. Vivienda + Novio con posibilidad de VPP
Estimad@s,
Os planteo mi duda y si quien pudiera darme un poco de luz se lo agradecería enormemente.
Tengo una cuenta vivienda con fecha de apertura del 15/06/2003, no tengo muy claro el vencimiento de la misma, según tengo entendido sería el 15/06/2007 (4 años) osease en Julio que viene :S. Mi novio ha solicitado un piso de protección oficial en el municipio donde vive y mi duda es la siguiente:
Si tuviéramos la suerte de que se lo concedieran, sería a él, y por ser sus Ingresos familiares inferiores a 3,5 veces el IPREM, luego ¿Podríamos usar mi cuenta vivienda en la adquisición de dicho inmueble?
Si la respuesta fuera un NO Rotundo, ¿no me quedaría otra solución que comprar un inmuelble antes del 15/06/2007 para no tener que verme obligada a devolver el dinero desgrabado hasta la fecha?.
Y otra pregunta enlazando la secuencia de mis mil dudas y una más seria En el caso de devolver lo desgrabado, ¿sería la totalidad del dinero de golpe, o seria lo desgrabado año por año si cada año he realizado un ingreso de 9000?
Siento tener tantas dudas pero mi cabecita cuando vio el foro hizo que se me abrieran los ojiviris de par en par, y agradecería todo comentario que pudiera iluminarme y darme un poco de esperanza... :)
Gracias a todos por ayudar a las que no tenemos tantos conocimientos burocráticolegales.
Os planteo mi duda y si quien pudiera darme un poco de luz se lo agradecería enormemente.
Tengo una cuenta vivienda con fecha de apertura del 15/06/2003, no tengo muy claro el vencimiento de la misma, según tengo entendido sería el 15/06/2007 (4 años) osease en Julio que viene :S. Mi novio ha solicitado un piso de protección oficial en el municipio donde vive y mi duda es la siguiente:
Si tuviéramos la suerte de que se lo concedieran, sería a él, y por ser sus Ingresos familiares inferiores a 3,5 veces el IPREM, luego ¿Podríamos usar mi cuenta vivienda en la adquisición de dicho inmueble?
Si la respuesta fuera un NO Rotundo, ¿no me quedaría otra solución que comprar un inmuelble antes del 15/06/2007 para no tener que verme obligada a devolver el dinero desgrabado hasta la fecha?.
Y otra pregunta enlazando la secuencia de mis mil dudas y una más seria En el caso de devolver lo desgrabado, ¿sería la totalidad del dinero de golpe, o seria lo desgrabado año por año si cada año he realizado un ingreso de 9000?
Siento tener tantas dudas pero mi cabecita cuando vio el foro hizo que se me abrieran los ojiviris de par en par, y agradecería todo comentario que pudiera iluminarme y darme un poco de esperanza... :)
Gracias a todos por ayudar a las que no tenemos tantos conocimientos burocráticolegales.
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