Donación de vivienda

Gracias de antemano por la ayuda.Mi mujer y yo tenemos un hijo en común y somos pareja de hecho en Andalucía. Tenemos una vivienda en propied, escriturada solo a mi nombre. Estamos pensando en comprar un piso. Ella trabaja temporalmente en el campo. Ante la posibilidad de esta compra, se me plantea la siguiente duda.A fin de desgravarme, la nueva vivienda como vivienda habitual en la parte que me pudiera corresponder,¿Hay alguna posibilidad de donar, ceder, lapropiedad de mi vivienda a ella, a mi hijo (menor de edad), a fin de ahorrar en impuestos?, Si esto fuese así, ¿tendría qué declarar el incremento de patrimonio?. Cualquier consejo me será de gran utilidad. Gracias.

2 respuestas

Respuesta
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Primero, no me has dicho si aún sigues desgravándote por tu vivienda habitual, pero bueno.
Lo que yo creo es que no te compensa realizar ninguna de esas operaciones debido a los costes que implica y a los trámites que ello supone.
Hay dos opciones, y ninguna buena.
1) Venta.- Contando sólo los gastos en notario y registro la broma son unos 1.000 euros, pero lo más costoso es el impuesto. El comprador (tu pareja o tu hijo) debe pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que grava el 7% de la cantidad final de la compra-venta. Además, debe acreditarse de forma fehaciente ante el notario la forma de pago acordada. Y eso es importante. ¿Con qué dinero te compraría tu mujer? Tendríais que solicitar otro préstamo hipotecario. Ésta es una opción descartable, por muchos motivos. Además tú, como vendedor, tendrías que pagar el 18% de IRPF, por la diferencia entre el valor de transmisión y el coste de adquisición.
2)Donación.- También se pagan los gastos del notario y del Registro de la Propiedad. Y hay que tener en cuenta que el Impuesto Sobre Donaciones (ISD) puede encarecer mucho la operación. El mínimo a pagar será el 7,65% del precio de adquisición de la vivienda y puede llegar hasta el 34%. En el caso de Andalucía para donación a hijo anda sobre el 16%. Si el grado de las partes es directo, es decir, entre padres e hijos o cónyuge, la cifra se multiplicará por uno. Si a quien donas es a tu pareja sentimental, se deberá multiplicar por dos.
Como ves, son procesos caros. Yo creo que no te compensa acometer esos gastos por el mero hecho de poder desgravarte por la vivienda a comprar.
Buena suerte y
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No sé en cuanto valoras tu viviemnda, ni la que quieres comprar por lo que no sé si te llega al límite para hacer declaración de patrimonio. Mira a ver como las tienes valoradas en el catastro y consulta la escala de patrimonio.
Si haces donación tienes que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales

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