Compra venta pisos

Del 2002 a junio del 2006 compré, vendí y volví a comprar piso de vivienda habitual. Hubo algún diferencial de importe que no declaré bien a hacienda. Me recomendaron que dejara prescribirlo, esperando a vender como mínimo en junio 2011.
Mi pregunta es: cuando venda este piso, ¿qué tendré que declarar a hacienda? ¿La diferencia entre su precio de venta y el de compra verdad? Y el resto, si no lo quiero invertir todo en otro piso, y me lo quedo en metálico, solo tengo que declarar los intereses que genere, ¿verdad? ¿Nada más?
Muchas gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
1.- El futuro no lo puedo adivinar. Lo que le puedo decir es como tributa hoy en día, pero no le puedo asegurar que la normativa del IRPF no cambie. Ahora mismo se tributa por el 18% de la ganancia patrimonial, calculada según la diferencia dentro el precio de venta y el valor de adquisición.
2.- La segunda pregunta no la entiendo. La Ley no le obliga a invertir nada. Los rendimientos procedentes de imposiciones a plazo tributan al 18%. En cambio, si invierte en participaciones en el capital social en empresas (acciones) estaría exento por los primeros 1500 euros que obtenga en dividendos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas