Venta de valores en renta

Necesito ayuda con la declaración de la renta de este año con respecto a como y donde tengo que declarar la compra/venta de acciones. Me explico:
En marzo del 2009 empecé a comprar algunas acciones de BBVA, Banco Santander y Banco Popular (mercado nacional) ya que tenían unos precios muy atractivos, además de la necesidad de dinero que tengo. Lo cierto es que estuve "jugando" a comprar y vender en función de subidas y bajadas (hice unos 80 movimientos entre compras y ventas) teniendo muy pocos beneficios. Así estuve hasta junio o julio.
El tema es que cada año solicito cita previa y el borrador de la renta para que me ayuden porque en la declaración de la renta me pierdo. Pero este año al acudir a mi cita, me comentan que si tengo más de 3 movimientos no me ayudan...
He importado los datos que tiene hacienda al PADRE (gracias a Dios coloca los importes en su sitio) y he corregido algunas cosas erróneas y ahora solo me falta incluir estos movimientos pero sinceramente.. No se ni como ni donde.
Quería saber si me puede echar una mano, indicándome donde (apartado/s... Hay 3 o 4 donde habla de incremento/decremento de patrimonio), y como declarar todos estos movimientos (si tengo que introducir los 80 movimientos uno a uno con precio de compra y venta, o si puedo poner tanto dinero aporte en las compras, tanto recibí en las ventas diferenciadas por banco quizás )...
Además de una duda adicional: desde julio a noviembre no tenia nada (todo lo comprado lo había vendido pero en noviembre 2009 volví a comprar, y vendí en enero de 2010 ¿esto se tiene que declarar? ¿Cómo?...¿Se incluye en el total de compra junto con lo adquirido entre marzo y julio?
Me gustaría hacerla correctamente porque si no me puedo permitir pagar un asesor fiscal, como para hacerla mal y que hacienda me aplique un recargo.
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Si todo pasó en 2009 agrupe todas las compras, súmele gastos de compra (comisiones etc) y póngalo en la casilla 342 (pag. 9 sección g2)
Sume todas las ventas, réstele las comisiones y póngalo en la casilla 343
Si utiliza el programa padre verá que en las casillas 344, 345 y 349 le aparece el resultado.
Sería más complicado si fuesen años distintos pero no es el caso.

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Vamos aver el tema es sencillo, dado que todas las operaciones sxe han realizadeo en el 2.009 salvo la última que ha vendido en 2.010, lo que tiene que hacer es sumar todas las compras de acciones que hya hecho con todos los gastos que 4el Banco le haya cob rado, y por otra parte todras las ventas descontando los gastos que el Banco le haya cobrado.
No le podemos ayuedar con el programa Padre ya que no lo utilizamos puesto aque no nos fiamos de el, igual que nos pasa con los borradores, que ntraen bastantes fallos. Pero en la De3claración en las casillas 340 a 347 es donde ntiene que poner lasw Ganancias Patr5imoniales obtenidfas por la transmisión de acciones. Cuando le pregunte el titular de los valores transmitridos, ponga simplemente varios ya en que esa es la verdad, donde le indica importe global mde las tdransmisiones efectuadas en 2.009, indica el total de las ventas quitando los gastos y donde indica valor de adquisición los precios de compra más los gastos. En la casilla 344 debe aparecer la ganancia obtenida.
Con eso creemos tiene suficiente. En cuanto a la adquisición de 2.009, como se ha vendido en 2.010, corresponde a la renta del 2.010 a realizar el año que viene, debe guardar los papeles o anotarlos para poder hacer la declaración correctamente el próximo año.
Nuestros cordiales saludos.
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Es un tema más complejo de lo que parece y si lo haces tal y como lo quiere Hacienda, te daré un gran disgusto, porque según el Reglamento, si compras y vendes VALORES HOMOGÉNEOS (esto es, acciones del mismo banco o Sociedad), las pérdidas NO PUEDEN COMPENSARSE CON LAS GANANCIAS.
De este modo, te encontrarías que te tocaría pagar por las operaciones con beneficios, y dejar las pérididas para otros años venideros. A esta injusticia lo llaman "pagar por lo que realmente se tiene". Sin comentarios.
ESto es lo legal, lo que ellos quieren, pero a mi me parece una auténtica barbaridad, por eso te indicaré como yo, en mi opinión por la naturaleza de la operativa a corto plazo que es la tuya, te aconsejo lo que tendrías que hacer.
Si las compra-ventas son dentro del mismo año, no tienen ningún tipo de reducción ni incidencia en el ejercicio, por lo tanto, en lugar de entrar una a una cada operativa, yo, en tu lugar, las agruparía por tipo de valor (por bancos por ejemplo) y sumaría las compras correspondientes a las ventas realizadas. ESto es, suma el total de las acciones compradas y el total de las acciones vendidas, pero no incluyas las que compraste y no vendiste en 2009, porque eso es una inversión que todavía permanece en tu patrimonio y no se manifestará en la renta hasta que las vendas.
De este modo, obtendrás el beneficio REAL que has tenido con las compras y ventas a corto plazo materializadas por valor en 2009. Eso es lo que tienes que declarar en el programa PADRE dentro del apartado "Ganancias y Pérdidas Patrimoniales por la compra venta de valores cotizados en mercados oficiales". Son operaciones sin ningún tipo de reducción ni beneficio fiscal, al haberse realizado dentro del mismo ejercicio y en todo caso, con menos de 12 meses desde que se adquieron, con lo cual, la ganancia o pérdida es la diferencia entre la compra y la venta.
El resultado irá al apartado de Ganancias o Pérdidas patrimoniales. Si son Ganancias, tributarán y si salen pérdidas, NO TE AFECTAN EN RENTA, PORQUE SE QUEDAN AHÍ, A EXPENSAS DE SER COMPENSADAS EN EJERCICIOS FUTUROS POR OTRAS GANANCIAS PATRIMONIALES. ESto, además de una barbaridad, es en mi opinión claramente inconstitiucional, puesto que grava una renta que en realidad no se ha obtenido y no se ajusta al precepto de que los ciudadanos tengan que pagar con arreglo a su verdadera capacidad económica, pero esto es harina de otro costal.

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