Duda declaración de renta

Tengo otra duda que me ha salido al rellenar la declaración

En primer lugar, si las acciones hay dos titulares, y por ejemplo ha habido en el 2012, 500 euros de beneficios de las acciones que he vendido, ¿yo tendría que declarar los 500 como plusvalía o solo 250 y mi mujer los otros 250?

Y otra duda y con esto termino, en el borrador que me han mandado lo siguiente:

1 valor acciones titulares 2 importe venta 2048,66

2 valor acciones titulares 2 importe venta 1513,64

3 valor acciones titulares 2 importe venta 770,93

4 valor derechos de suscripción titulares 2 importe venta 40,87

Yo he mirado en mi banco y las ventas de las acciones han sido

1- 4094,13 que si lo dividimos por 2 son 2047,06

2- 3019,79 que si lo dividimos por 2 son 1509.90

3 - 1534,37 que si lo dividimos por 2 son 767,19

Entonces, pongo la cantidad que me viene en el borrador o pongo la cantidad que efectivamente cobre (la pequeña diferencia sera las comisiones o así)

Y otra cosa, ¿el reglón de los derechos de suscripción que es? ¿Lo considero como venta de acción o que? ¿Lo tengo que meter también entre el apartado 340 a 344 de la declaración este derecho de suscripción? Aunque son pocas cosas pero quiero hacer bien la declaración

Mil gracias

Ahora caigo, cuando me piden también el precio de la adquisición, si por ejemplo la 1 me costo 4022,87 y somo dos titulares, yo tendría que declarar también 4022,87/2 = 2011,44

Verdad que va asi la cosa ya que despues pongo en venta 2047.06 o 2048,66 (esto es lo que estoy esperando que tu me digas exactamente si pongo lo del borrador o lo que se refleja en mi cuenta bancaria que es el dinero realmente que pille al venderla)

1 respuesta

Respuesta
1

1. Tu si sois dos titulares, cada uno declará la mitad de la ganancia obtenida

2. Como valor de venta debes incluir el valor por el que has transmitido las acciones sin descontar las comisiones que te han cobrado

3. Los derechos de suscripción también se incluyen en el apartado de Ganancias y perdidas patrimoniales de la transmisión de valores (casillas 340-344)

4. El precio de adquisición también debes prorratearlo entre los dos

Espero haberte ayudado.

Para cualquier otra duda o consulta sobre la declaración de la renta, puedes contactar con nosotros a través de nuestra asesoría online o a través de Facebook.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas