Desgravación por nueva vivienda habitual

El 25 de agosto de 2009 adquirí junto con mi novia (al 50%) un piso. Hasta entonces mi vivienda habitual era otro piso cuya propiedad es mía al 100% y que no he vendido. He superado con creces las cantidades invertidas en la primera vivienda.
Mi pregunta es: ¿Puedo deducirme por inversión en vivienda habitual?

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Varias consideraciones: Para no tener problemas en las cantidades deducidas en la anterior vivienda, debes de tener en cuenta que por lo menos tendrías que haber vivido en ella 3 años. En cuanto a tu pregunta, podrás aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual, siempre que las cantidades invertidas superen a las cantidades a las que has aplicado derecho a deducción por inversión en anteriores viviendas habituales.
Muchas gracias por tu rapidez, tan solo un par de aclaraciones más. La anterior vivienda la compré en el año 2000, he vivido por tanto en ella unos 9 años, y en la actual llevo viviendo a fecha de hoy 10 meses ¿Te referías a esto?
Supero para la nueva vivienda las cantidades a las que he aplicado derecho a deducción. ¿Me he desgravado 21000? De la vivienda vieja (100 % de titularidad), ¿y he invertido en la nueva 60500? (Con el 50% de titularidad, ¿30250?, por tanto) ¿Puedo desgravarme esos 30250? O solo la diferencia de las dos cifras, es decir 9250)? Esta última pregunta es sobre todo a efectos de la correcta cumplimentación, ¿pues de cualquier forma supero el límite de 9015?
Repito, muchas gracias
Me refería a los nueve años, por lo menos tienen que ser 3. Lo mismo para la actual vivienda, para no perder el derecho y por lo tanto tener que devolver las cantidades deducidas, tienes que vivir un mínimo de 3 años en la nueva vivienda(aunque existen algunas eximentes de este requisito, por ejemplo si contrajeras matrimonio,...). Cuando dices me he desgravado 21000, ¿qué quieres decir?, ¿21000 son las cantidades que te has deducido?(¿Ten en cuenta que en este caso esa deducción correspondería a una inversión en la anterior vivienda de entre 84000? ¿Y 140000? Dependiendo de si aplicabas 15% o 25%, por tanto con los 30250 invertidos en la nueva no llegas a superar la inversión en la anterior vivienda y no tendrías derecho a aplicar deducción). ¿En el caso que que 21000? Sea la cantidad a la que le has aplicado ese 15 o 25% como deducción, si que tendrías derecho y la cifra correcta a consignar sería 9250, aunque efectivamente como bien dices 9015 es el límite.

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