Divorciado con hipoteca de segunda vivienda habitual
Hace nueve años que me divorcié. La que era vivienda habitual, pasó a ocuparla mi ex mujer y mis hijos, y yo adquirí un piso que estoy pagando con una hipoteca.
La primera vivienda, a la fecha de nuestro divorcio, ya estaba pagada en su totalidad.
Mi asesor fiscal, en su día me dijo que no me podía desgravar ni un duro de la hipoteca de mi piso porque, aunque para mí era mi vivienda habitual, no era primera vivienda, y hasta que no hubiera pagado una cantidad igual a la que había declarado al aplicar la desgravación de la primera vivienda, no me podía desgravar por la hipoteca de la segunda. Así es que he estado varios años sin poder desgravar ni un duro de lo pagado por la hipoteca de mi nuevo domicilio.
Sin embargo un conocido me ha dicho que en mi caso no es de aplicación esa normativa ya que el hecho de no poder vivir en mi primera vivienda habitual es por cumplimiento de sentencia de divorcio y que por tanto, sí podía haberme desgravado la hipoteca de la segunda vivienda habitual desde el primer momento. ¿Es así?
Mi segunda pregunta es la siguiente: de ser verdad que no podía desgravar desde el principio, la cantidad a superar para poder empezar a desgravar, ¿sería la totalidad de la pagada sobre la que se aplicó la deducción o la mitad, por estar la primera vivienda a nombre de mi ex mujer y mío y ser por tanto solo propietario de la mitad pro indiviso de dicha vivienda?.
La primera vivienda, a la fecha de nuestro divorcio, ya estaba pagada en su totalidad.
Mi asesor fiscal, en su día me dijo que no me podía desgravar ni un duro de la hipoteca de mi piso porque, aunque para mí era mi vivienda habitual, no era primera vivienda, y hasta que no hubiera pagado una cantidad igual a la que había declarado al aplicar la desgravación de la primera vivienda, no me podía desgravar por la hipoteca de la segunda. Así es que he estado varios años sin poder desgravar ni un duro de lo pagado por la hipoteca de mi nuevo domicilio.
Sin embargo un conocido me ha dicho que en mi caso no es de aplicación esa normativa ya que el hecho de no poder vivir en mi primera vivienda habitual es por cumplimiento de sentencia de divorcio y que por tanto, sí podía haberme desgravado la hipoteca de la segunda vivienda habitual desde el primer momento. ¿Es así?
Mi segunda pregunta es la siguiente: de ser verdad que no podía desgravar desde el principio, la cantidad a superar para poder empezar a desgravar, ¿sería la totalidad de la pagada sobre la que se aplicó la deducción o la mitad, por estar la primera vivienda a nombre de mi ex mujer y mío y ser por tanto solo propietario de la mitad pro indiviso de dicha vivienda?.
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Respuesta de elena__
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