Cobrar el paro

Buenos días,
Trabajo en BARCELONA, y mi problema es el siguiente: quiero irme de mi empresa y he llegado a un acuerdo para que me despidan de modo que pueda cobrar el paro; evidentemente diré que he cobrado la indemnización correspondiente.
Mi pregunta es esta:
¿Puedo pedir el paro con la carta de despido, sin tener que esperar al acto de conciliación? ; Ya que ahora, para el acto de conciliación, lo más probable es que tenga que esperar hasta después de navidad.
Gracias
Toño

2 respuestas

Respuesta
1
Derecho tienes desde el mismo día del despido, sobre cuando empieces a cobrar, que es lo que te interesa, depende mucho de cómo lo esté implementando el gobierno de turno y de la diligencia de la oficina que te toque. Desgraciadamente en Valencia un mes o dos de espera es lo normal, igual en Barcelona son más eficientes.
Respuesta
1
Actualmente si se articula un despido por causas objetivas, con la carta de la empresa de despido y una declaración del trabajador admitiendo dicho despido, no hace falta acudir a conciliación. Requisito que si es necesario si el despido disciplinario o procedente.

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