Como calcular el valor de adquisición de una vivienda

En el año 2012 vendí una vivienda. Al hacer la declaración de 2012 (en Junio de 2013) incluí la plusvalía correspondiente y puse que me comprometía a reinvertir una cantidad en otra vivienda. En Julio de 2013 compré otra vivienda que pagué al contado (sin hipoteca) y estaba para reformar por lo que encargué varias reformas: pintura, parquét, ventanas y fontanería.

Mi duda es que gastos puedo sumar como coste de adquisición. Doy por hecho que el precio, el ITP y las facturas de notario y registro si. Pero tengo dudas en si puedo meter las facturas de los profesionales de las reformas.

Una vez calculado, haría una declaración complementaria con este dato.

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Por lo mencionado en la pregunta, que todas las reformas eran necesarias para poder habitar la vivienda y se hicieron antes de habitarla efectivamente. Si es este el caso, yo defendería el incluir las facturas de de todas la reformas como precio de adquisición de la vivienda al entenderlas necesarias para la habitabilidad de la vivienda habitual.

Pero claro, en caso de revisión de la declaración de la Renta, todo dependerá de la apreciación que pudiera darle el actuario de la Agencia Tributaria, ya que dichas reformas no son inherentes a la adquisición de la vivienda y se pueden entender como mejoras posteriores a la adquisición por lo que en ese caso no entrarían a formar parte del coste de adquisición.

Por otro lado usted no debe en ningún momento realizar complementaria alguna en la declaración de la Renta de 2012 con el solo propósito de modificar la cantidad a reinvertir, ya que eso modificaría la renta y, salvo casos muy excepcionales, toda declaración complementaria se entiende como Renta presentada fuera de plazo y conlleva una muy posible sanción.

Como reconozco que no estoy siendo de mucha ayuda, puesto que la duda persiste, (y eso que llevo mas de 12 años como asesor fiscal), le recomiendo que se acerque a la Administración de hacienda mas cercana o llamando al 901 33 55 33, y la sacaran de dudas.

Gracias. Pero si no hago complementaria ¿Cómo regularizaría las cantidades?. En la declaración puse que me comprometía a reinvertir 195.000 euros y realmente (precio de compra mas gastos) han sido 190.000, por lo que no estaría cumpliendo el compromiso.

¿Hay alguna otra forma de corregir la cantidad?

Gracias y un saludo.

Si hace una complementaria le saldría a pagar o a devolver menos, por lo que le sancionarían por el ingreso no efectuado en su día o por la devolución solicitada indebidamente, Usted en un principio no sabe si en los dos años siguientes lo va a poder reinvertir todo o no. Pasados los dos años, usted puede imputarse una ganancia patrimonial por transmisiones efectuadas en ejercicios anteriores no imputadas en su correspondiente renta, (pagina 10. Apartado G2 de la renta): imputación en el año "20xx" de ganancias y perdidas patrimoniales derivadas de transmisiones efectuadas en ejercicios anteriores.

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