Bienes afectos y el libro de bienes de inversión
Los bienes de escaso valor, p ej. Una impresora, si son gasto para la empresa y no se amortizan, porque no superan los 1800 euros, hay que apuntarlos en el libro de bienes de inversión o es suficiente con tener la factura para poder afectarlos y así deducir los gastos, ¿cómo p. Ej. Los cartuchos? ¿Los bienes afectos que no se amortizan se apunta en algún sitio?
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Respuesta de Ajc Asesor Fiscal
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