Hijos menores de edad con herencia

La situación es la siguiente: un matriomio con dis hijos, y fallece el hombre. Tiene dos hijos menores de edad, que han heredado dos fincas. La madre, que ha recibido unas ofertas por la venta de las fincas, ¿qué debe hacer y qué pasa con los bienes?
Muchas gracias por la ayuda
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El art 166 del código civil señala: Los padres no podrán renunciar a los derechos de que los hijos sean titulares ni enajenar o gravar sus bienes inmuebles, establecimientos mercantiles o industriales, objetos preciosos y valores mobiliarios, salvo el derecho de suscripción preferente de acciones, sino por causas justificadas de utilidad o necesidad y previa la autorización del Juez del domicilio, con audiencia del Ministerio Fiscal.
Los padres deberán recabar autorización judicial para repudiar la herencia o legado deferidos al hijo. Si el Juez denegase la autorización, la herencia sólo podrá ser aceptada a beneficio de inventario.
No será necesaria autorización judicial si el menor hubiese cumplido dieciséis años y consintiere en documento público, ni para la enajenación de valores mobiliarios siempre que su importe se reinvierta en bienes o valores seguros.
Necesita por tanto la autorización judicial para vender, como administradora, los bienes inmuebles que sean propiedad de sus hijoa
Muchas gracias por la ayuda. No dude que volveré a preguntarle algún tema relacionado. Gracias de nuevo por la labor que hacen ayudando a la gente desinteresadamente.

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