Declaración hacienda alquileres

He realizado la declaración de la renta en este año 2012 y tengo una vivienda de alquiler y me han dicho en hacienda cuando he hecho la declaración lo siguiente:

Este año 2012 ejercicio de la renta 2011, no puede producir los alquileres de reducción 100%(inquilinos menores 35 años y superen el IPREM) rendimiento negativo.

El año pasado 2011 ejercicio de la renta 2010 si tuve un rendimiento negativo de 886,86 euros casilla 079 y me lo descontaron de la base imponible.

¿Es esto cierto lo que me han dicho en hacienda?

¿En qué me beneficia o me perjudica este nuevo cambio?

Gracias y te solicito me lo puedas explicar lo mas compresible posible pues soy novel en esto de hacienda.

2 respuestas

Respuesta
1

A ver del 2010 a 2011 ha habido algún cambio respecto de los rendimientos obtenidos por alquilar una vivienda a terceras personas pero respecto de la posibilidad de practicar la reducción del 100% del rendimiento neto de ese alquiler no veo que haya novedad y lo único es que el rendimiento es negativo entonces practicarás una reducción del 60% sobre ese rendimiento negativo de forma que saldrá un saldo final menos negativo pero luego creo que sigues pudiendo compensar ese saldo con el resto de rendimientos que formen parte de la base general.

Prueba a hacer la renta con el programa padre que es el que dejará ver si es posible o no.

Me han realizado la declaración de la renta en hacienda con el programa padre y no dejaba. La casilla 079 salia en blanco

Entonces no es que no puedas compensar ese saldo es que te lo han eliminado por que al rendimiento neto negativo (ingresos menos menores que los gastos) le han aplicado una reducción del 100% de forma que te queda a cero la casilla final. Esto según incluso el propio manual de la aeat está mal en ese caso ha de reducirse el 60%. Ejemplo

Ingresos por rentas 80 euros

Gastos de la vivienda 120 euros

Rendimiento neto: -40 euros

Reducción por vivienda: +24 euros

Rendimiento neto reducido (casilla 079): -16 euros

Esos 16 euros sí puedes compensarlo con el resto de rendimientos. Y este tema era igual el año pasado con la diferencia que la reducción antes era del 50% y ahora del 60%.

En fin no sé que te han hecho en Hacienda, vuelve y le dices que vea lo que pone el manual y sino te bajas el programa lo haces tú y lo presentas. Tienes hasta julio aunque ya la hayas presentado, se puede presentar otra que sustituya a la anterior.

en mi caso dices es mejor reducirse el 60 %? aun cuando he tenido la vivienda vacía 73 días y el resto del año alquilada a menores de 35 años.

total ingresos obtenidos del alquiler en el año 2011: 4725,84 e.

total gastos por el alquiler: 4047,41 e los 365 días del año pero como lo he tenido vacío 73 días el total es de 3237,92 e.

Además el año pasado puedo recuperar la cantidad de 1455,90 e de la casilla 073, que me dijeron en hacienda que tenia que ponerla esta año en 071 pero como salia negativo lo guardara para los próximos años hasta llegar a 4 años como máximo, siempre y cuando los inquilinos fueran mayores de 35 años, todo esto me lo dijeron en hacienda hace unos días cuando hice la declaración.

gracias y perdona las molestias y gracias de nuevo por la rapidez.

Yo defendería que ese piso está en alquiler todo el año, ocupado o no aunque es verdad que hacienda solo admite los vinculados a los meses que ha estado alquilado.

Además efectivamente si tienes gastos que no te has deducido el año pasado (entiendo que son financieros o de conservación o reparación) entonces los puedes sumar pero claro solo hasta el límite de los ingresos de forma que por eso te sale 0 euros.

Digamos que el año pasado tenías gastos superiore a ingresos y que algunos de esos gastos hacían que pudiera darte resultado negativo, así como que otros gastos los pudieses utilizar este año.

Este año no tienes tantos gastos y solo con gastos del año pasado puedes reducir los ingresos pero no ir hasta un resultado negativo.

Esa es la cuestión no que haya cambiado la norma que creo que sigue diciendo lo mismo.

Respuesta
1

Efectivamente, o se acoge a la reducción del 100% por ser inquilino menor de 35 años (donde NO se permite el rendimiento negativo), o se acoge a la reducción general (60%) en donde SI que se permiten los rendimientos negativos.

Eche sus cuentas, pero creo que le beneficiará más acogerse a la reducción general y declarar rendimientos negativos (su base imponible será menor).

Suerte.

ya he realizado la declaración de la renta, la he enviado. Podría corregirla o mejor la dejo así y la hago el año que viene? Me he acogido a la reducción del 100%

gracias

Todo depende del importe que resulte.

Si la diferencia es significativa le aconsejaría hacer una declaración complementaria corrigiendo la anterior.

Si se trata de una pequeña cantidad... mejor dejarlo estar.

Suerte.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas