Alquileres a menores de 35 años

Me dijeron el otro día, que el arrendador que alquila a menores de 35 años que ganan más que el sueldo mínimo profesional (ni idea de cuanto es eso hoy en día pero me sorprendió que en vez de decirme que no debían pasarse de un tope, me dijeron que debían de estar por encima de ese mínimo), lo declara en la renta pero
se le bonifica el 100%, oséa, se queda a 0 y no paga nada. Nada de 60% ni 50%, si quien alquila es menor y con sueldo mínimo, no paga nada el arrendador.

Me sorprendió porque tenía entendido que hasta el año pasado, el alquilar a menores de 35 años con por ingresos suponía bonificación del 100% para el que alquila, me pareció oír que este año eso cambiaba, pero ahora dicen en Hacienda que alquilando a un menor de 35 con buen sueldo el arrendador sera bonificado!? ¿Es esto correcto? Si no lo es, ¿Cuál es la situación en 2.012 para alquileres a menores de 35?

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Lo has entendido casi bien, salvo que no es el sueldo mínimo interprofesional como dices tu, sino el IPREM, pero en realidad la diferencia entre ellos es muy poca.

Esto no es nuevo para este año 2012, sino que se viene aplicando hace años.

Recuerda: menor de 35 años y con rentas por trabajo actividades profesionales superiores al IPREM (Indicador de precios de rentas múltiples)

Preguntame lo que precises.

Muchas gracias por responder tan rápido. Ya miraré entonces cuanto es el IPREM este año pero me parece que se cumplen las condiciones para que a la parte que arrienda le bonifiquen ese alquiler al 100% en la renta porque el posible arrendatario es médico (todavía formándose) y me dijo que este año ganaba 24.000€.

Sería para alquilarle una casa en Canarias, supongo que no hay diferencia entre península e islas respecto a condiciones etc, ¿verdad? 

Existe aquí hasta una bolsa de vivienda joven que asesoran y gestionan gratuitamente el alquiler entre propietarios y menores de 35.

Entendido entonces, solo confirmar que estas condiciones son idénticas en canarias. Es que la primera vez que fui a la hacienda a preguntar solo me dijeron que alquilar a mayores de 30 años bonificaba el 50% o 60% del montante al propietario pero luego en otra hacienda me dijeron esto así que ya dudaba de que era correcto.

Es en toda españa, lógicamente incluida canarias.

Mira, te copio un trozo publicado en otra web, referente a años anteriores, pero puedes consultarlo igualmente en el manual de irpf de hacienda.

El casero puede llegar a reducirse el 100% del rendimiento neto del alquiler de su vivienda en su Renta 2010. Para conseguirlo su inquilino debe tener entre 18 y 35 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores a 7.455,14 euros, según apunta la Agencia Tributaria. Es importante subrayar que debe tratarse de la vivienda habitual del inquilino y el casero debe declarar el alquiler para posteriormente aplicar las reducciones que le correspondan de acuerdo a los requisitos estipulados por Hacienda.

REDUCCIÓN DEL 50%

El casero puede deducir un 50% del rendimiento neto del alquiler de viviendas, aunque sea negativo. Cuando el rendimiento neto sea positivo sólo se podrá aplicar la deducción a los rendimientos declarados por el casero.

Rendimiento neto: es la diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos deducibles de la vivienda alquilada.

REDUCCIÓN DEL 100%

La reducción se eleva hasta el 100%, cuando el arrendatario tiene una edad comprendida entre 18 y 35 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores a 7.455,14 euros, importe del indicador público de renta de efectos múltiples para el ejercicio 2010 (IPREM).

Cuando existan varios arrendatarios de una misma vivienda, esta reducción se aplicará sobre la parte del rendimiento neto que proporcionalmente corresponda a los arrendatarios que cumplan los requisitos anteriormente comentados.

En aquellos casos en que el requisito de edad sólo se cumpla durante una parte del año, la reducción sólo se aplicará sobre el rendimiento neto que corresponda al período en que se cumple el citado requisito y no sobre los de todo el año.

Veo que en la info que mandas no se diferencia entre menor de 30 y menor de 35años. Es que igual alquilo a una persona de 30 años y primero pensaba que con el no tenía derecho al 100% luego en Hacienda primero una persona me dijo que no y luego otra que si, pero por Internet etc veo en muchos casos y foros de 2010 y 2011 que indican 100% bonif hasta 35 años pero para este 2012 parece que lo han cambiado y se limitan a los 30 años. Querría estar segura de que la bonificación será del 100% si entra la persona de 30 (para hacer 31), te copio un extracto que he visto->

La reducción de carácter general es del 60% y se puede aplicar a todos los inmuebles arrendados destinados a vivienda habitual. Sin embargo, se puede alcanzar una reducción del 100% si se alquila a personas entre 18 y 30 años y con unos rendimientos netos del trabajo superiores al 75% del indicador público de renta de efectos múltiples para el ejercicio (IPREM).

Gracias y perdón por insistir tanto, es que se que solo una de las dos afirmaciones puede ser correcta y la diferencia entre < 30 y <35 en mi caso es muy importante.En la próxima respuesta finalizo y puntúo ya seguro!!

Aquí esta actualizado.

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142486278402&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico#gastos

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