Facturar por formación en régimen general.
Actualmente estoy dado de alta en el régimen general de la SS y una empresa por cuenta ajena me ha ofrecido dar unos cursos a modo de freelance, por los que tendría que facturarles al final dicha formación.
Me informado por ahí que los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, se consideran rendimientos del trabajo. Mis dudas es a la hora de emitir el pago de estos rendimientos.
Os pongo un ejemplo con números redondos para plantear todas mis dudas.
El importe de la formación, conferencia... Sería de 1000€. ¿Debería percibir el pago entero y yo declarar a posteriori el 21% de IRPF o la empresa ya declararía el 21% de IRPF y por tanto recibiría 790€? Si recibo el importe neto, ¿lo debo declarar en la siguiente declaración de la renta? ¿Hace falta declarar el IVA para estos rendimientos?
¿Debo hacer algún otro paso que yo desconozca?