Por un lado, están los impuestos que puedan corresponderle por la compra del local, que entendemos realizara directamente la SL, pues así son un gasto deducible para la misma... como es el IVA.
Trimestralmente tendrá que presentar declaraciones de IVA y posiblemente de retenciones (si tiene trabajadores o facturas con retención de profesionales como abogados, notarios, etc.) y anualmente el Impuesto de Sociedades y los correspondientes resúmenes anuales, de IVA, operaciones con terceros, etc... El impuesto de sociedades, dependiendo de como se de usted de alta, puede que tenga que realizar pagos fraccionados este primer año o al siguiente si ha tenido beneficios.
En estos casos, es normal que el administrador-trabajador, tenga una nomina y cobre en especies el pago de los autónomos.
Tenga en cuenta que ha de cumplir con la Ley de Protección de Datos (LOPD), si lo desea, puede encontrar información en nuestra web especializada www.bono-che.es