IRPF en pensión compensatoria

Mis padres se han separado, y mi madre recibe una pensión mensual de 1340 € más dos pagas extras de la misma cuantía. Mi padre se lo ingresa en su cuenta bancaria, con lo cuál, lo cobra libre de impuestos. ¿Cómo puedo saber cuánto tiene que pagar mi madre a Hacienda?

Respuesta
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Tu madre tiene que hacer la declaración de la renta y en el apartado de rendimientos de trabajo debe incluir las cantidades que le esta pagando tu padre

1.340 euros * 14 pagas

El tipo que le corresponde dependerá de su situación personal - hijos a su cargo, edad de los hijos, discapacidad, otros ingresos - renta trabajo individual, rendimientos de capital inmobiliario - intereses, dividendos, pisos de su propiedad alquilados o no, aportación a plan de pensiones, hipoteca, etc.

Desconozco vuestra situación personal y no te puedo ayudar mas.

En la web de al AEAT hay un simulador de renta, puedes incluir en el los datos de tu madre y realizar una simulación. Te dejo el enlace. https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/es/dacoda2rs00w

De todas formas la semana que viene ya estará disponible el programa padre de la renta del año 2012 y se podrá hacer el calculo.

Si quieres encargarnos la elaboración de la declaración de la renta de tu madre, puedes hacerlo a través de nuestra asesoria online o a través de Facebook.

Buenos días:

En primer lugar perdón por mi tardanza en contestar, estuve de viaje y me fue imposible.

Le agradezco mucho su respuesta.

Mi madre no tiene nada de lo que menciona arriba, cuando hace la declaración sólo tiene que poner lo que cobra de mi padre. Yo tengo entendido, quizá me equivoque, que se pagan unos porcentajes de IRPF según el tramo de lo que se cobra, y mi pregunta era que según lo que cobra mi madre cuál es ese porcentaje. Disculpe si estoy preguntando algo imposible de contestar.

De nuevo le quedo muy agradecida por su respuesta.

Un cordial saludo

Silvia

El calculo de la cuota en la declaración de la renta a groso modo función de la siguiente forma

Rendimientos de trabajo

+ rendimientos de capital inmobiliario

+ Resto de rendimientos, ganancias y perdidas patrimoniales

Base imponible

- Mínimo personal y familiar (en función de la situación personal de cada uno, hijos menores a cargo, ascendientes etc)

Base imponible liquidable

Aplicación de las tablas

Cuota integra

- Deducción por adquisición de vivienda habitual

- Deducciones estatales y autonómicas

Cuota liquida

- Retenciones y pagos a cuenta

Cuota diferencial (lo que se paga)

Suponiendo unos ingresos de 1.380 * 14 = 19.320 euros

Y un mínimo personal de 5.151 euros (el mas bajo)

La base imponible liquidable de tu madre sea de 14.169 euros y se quedará en el primer tramo al que se aplica el 12,75 % de IRPF. Por lo cual saldrá una cuota diferencial de unos 1.806,55 euros.

Debéis tener cuidado con los conceptos por los que cobra tu madre los 1.380 euros, la pensión compensatoria y los alimentos para hijos tienen tratamientos fiscales distintos.

Espero haber contestado a tu pregunta de la forma mas clara posible, ya que el calculo del impuesto es un poco complicado.

Para cualquier otra consulta o si necesitas ayuda a la hora de elaborar la declaración de la renta, puedes contactarnos en nuestra asesoria online.

No olvides finalizar al pregunta.

Buenos días:

De nuevo muchísimas gracias por su respuesta. Ahora sí me queda más claro. Sólo una última pregunta y no le molesto más. A qué se refiere con que la pensión compensatoria tiene un tratamiento distinto? Dónde podría informarme sobre esa cuestión?

Le deseo un feliz día. Muchas gracias

Silvia

La pensión compensatoria tributa tal y como te explique en los post anteriores.

Los alimentos a favor de los hijos están exentos de tributación para el hijo, los tiene que pagar el progenitor que los paga.

Te dejo una consulta de al AEAT

126242-anualidades por alimentos a favor de los hijos
Pregunta

¿Cuál es el tratamiento fiscal de las cantidades pagadas por los padres a sus hijos en concepto de anualidades por alimentos en virtud de decisión judicial?

Respuesta
Están exentas para el perceptor (hijo/es) y tributan en el obligado a pagarlas, padre o madre, sin posibilidad de reducir su base imponible.
No obstante, se mejora la tributación de los pagadores de manera que los contribuyentes que satisfagan anualidades por alimentos a sus hijos por decisión judicial verán reducida la progresividad.
Normativa/Doctrina
Artículo 7 que), 64 y 75 Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2185 - 07, de 16 de octubre de 2007
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1170 - 10, de 31 de mayo de 2010
DGT V2421-09 de 29/10/2009

Eso quiere decir que si tu madre percibe una pensión compensatoria de 1.000 euros por ejemplo y 380 euros por alimentos para sus hijos, tiene que incluir en su declaración de la renta solo los 1.000 euros de la pensión, no toda la cantidad que cobra.

Espero haberte ayudado.

Para cualquier otra duda o consulta fiscal, puedes contactar con nosotros a través de nuestra asesoria online.

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