Deducción por compra de vivienda
En diciembre de 2012 mi esposa y yo compramos un piso en otra localidad con la idea de que sea nuestra vivienda habitual, habiéndonos deducido las cantidades legales en nuestras declaraciones del IRPF de 2012. El caso es que estamos reformando el piso y no estará habitable hasta mediados de enero de 2014. En las declaraciones del IRPF de 2013, ¿tendremos qué devolver las cantidades deducidas en 2012 por no haber habitado el piso antes de un año de la compra? En caso de que sea así, ¿cómo hay que hacerlo?, ¿Hay qué presentar una declaración complementaria del año 2012?
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Respuesta de Martín Varela
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