Error en modelo 303 3T

Al presentar el modelo 303 correspondiente al 3T de 2012, cometí el error de no incluir la compensación del resultado negativo del modelo 3030 del 2T. De esto me he dado cuenta al rellenar el modelo 390. ¿Cómo puedo subsanar el error? ¿Puedo compensar esa cantidad del 2T de 2012 en el modelo 303 del 1T de 2013, o tendría que haber sido en el inmediatamente posterior?

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Según la normativa del IVA, Ley 37/1992, el artículo 99 en su apartado tres, dice:
“Tres. El derecho a la deducción sólo podrá ejercitarse en la declaración-liquidación relativa al período de liquidación en que su titular haya soportado las cuotas deducibles o en las de los sucesivos, siempre que no hubiera transcurrido el plazo de cuatro años, contados a partir del nacimiento del mencionado derecho."
Por tanto, se entiende que tiene hasta 4 años para ejercitar el derecho a dicha deducción.
De todos modos, y como las normativas fiscales son cambiantes, le recomiendo que se ponga en contacto con la Agencia Tributaria (vía presencial o telefónica) para cerciorarse de que esto es correcto.

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