Declarar el IVA en los bienes usados

Hace poco comunique mi alta de empresa en la actividad de compraventa de vehículos. También me acogí al régimen de bienes usados. He comprado varios vehículos a particulares y ahora vendo uno de ellos. Por poner un ejemplo lo compre por 100€ y lo vendo por 150€. Sobre estos números como declaro yo en el modelo 303 y 390 esta venta.

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Salvo mejor opinión, la legislación aplicable a su caso sería la siguiente:

1. Artículos 135 a 139 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

2. Artículos 33.2, 50 y 51 del Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

3. Artículos 2, 6, 19 y 19 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

Estará a lo dispuesto en la normativa vigente al respecto, no pudiendo ni repercutir el IVA por separado (se considera que está incluido en el precio final) ni deducirse el IVA soportado en la adquisición.

En el ejemplo planteado por usted:

El Margen es superior al 10% sobre el precio de venta: 50 > 150 x 10/100

Base Imponible = 50 x 100/(100 - 21) = 63,29

Cuota devengada = 63,29 por 21/100 = 13,29

Puede usted encontrar casos prácticos desarrollados en el siguiente enlace:

http://www.mcgraw-hill.es/bcv/guide/capitulo/8448164210.pdf

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