Nuevo autónomo. ¿Si mis facturas pueden ir con una retención del 9% que pasa con el modelo 130?

Os cuento, me he dado de alta hace 15 días como profesional (arquitecto técnico) y en el mismo modelo 037 me he dado de alta en pagos fraccionados a cuenta del IRPF (modelo130).

Mis facturas serán por ahora siempre a otros autónomos y puesto que estoy en el primer año aplico retención 9%. Como me he obligado a los pagos fraccionados por desconocimiento, ¿qué pasará cuando haga el modelo 130?. ¿Pagaré a mayores del 9% retenido el 20% que me dice el modelo 130? ¿Cómo cuadra el 9% con esta declaración trimestral?

Y por ultimo, ¿puedo quitarme la obligación del 130 ahora? Y si fuera así, ¿qué tendría que hacer?

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Le recomendamos que presente otro modelo 036 y hable con la administración de la Agencia Tributaria para dar de baja esta obligación, pues si el 70 % de su facturación es con retención, no esta obligado a realizar pagos fraccionados.

Una aclaración;

me di de alta el 1 de abril , que fecha de baja debería poner en el modelo 037 ¿otra vez 1 de abril? y puesto que he estado dado de alta en esta obligación un periodo de este trimestre debería aún así cumplimentarlo para cumplir con mis obligaciones?

gracias por vuestra respuesta!

Hable con la oficina de Hacienda e intente que le den la baja con fecha 1 de abril, que puede en algunos casos se hace y en otros no, pues legalmente no están obligados.

Si no puede, pues tendrá que presentar el modelo 130 de ese trimestre..., aunque normalmente no le reclamaran si no presenta y siempre puede indicar que se trata de un error en el alta... y pagaría una pequeña sanción.

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