Praácticas para Trabajar para una empresa extranjer

Voy a trabajar como Sales Manager de una empresa francesa de joyas que quiere introducir sus productos en España. Para ello necesito un contrato de stage y para ello lo voy a hacer por medio de la universidad pero tengo el problema de que es como comercial, y no me pueden hacer el contrato por no tener un lugar fijo como una oficina y ser el salario por comisiones en mayor medida. Ahora estoy buscando alguna otra alternativa para realizar el convenio, ¿conocéis de alguna empresa para esto?
Otra duda que me surge es cómo va el tema de la seguridad social cuando se trata de una empresa extranjera que me paga a mi español por trabajar en Madrid, ¿quién lo paga? ¿Qué porcentaje?

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Si vas a ejercer la actividad profesional en España y adicionalmente tienes tu residencia en España, rige la legislación española (Art. 13.2a del Reglamento (CEE ) 1408/71 del Consejo de 14 de Junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad)
La persona que ejerza una actividad por cuenta ajena en el territorio de un Estado miembro estará sometida a la legislación de este Estado, incluso cuando resida en el territorio de otro Estado miembro o aunque la empresa o el empresario que la ocupa tenga su sede o su domicilio en el territorio de otro Estado miembro;
La seguridad social siempre la paga por partes el trabajador (nivel contributivo) y la empresa. No es algo fácil de calcular ya que depende de la duración y tipo del contrato y de la actividad; y tienes unas bases mínimas / máximas de contribución. Los tipos principales de cotización son: por contingencias comunes: el 28,30%. Correspondiendo el 23,60% al empresario y el 4,70% al trabajador; Contingencias profesionales: las paga siempre la empresa; desempleo: el 28,30%, del que el 23,60% será a cargo de la empresa y el 4,70% a cargo del trabajador. Hay otras cotizaciones adicionales:desempleo (no llega al 2% para el trabajador), Fondo de Garantía Salarial, formación profesional... de menor cuantía.
Te recomiendo de todas formas que acudas a la oficina de la Seguridad Social para solicitar más información.
Muchas gracias pro la información; será algo que me tendré que plantear dentro de 3 meses si me cogen como fijo, porque de momento para el período de prácticas en las oficinas de seguridad social me han dicho que no tengo que pagar nada.
Mi duda ahora es la siguiente; he realizado el convenio de prácticas con la universidad y la empresa francesa y ya está todo cerrado. La universidad por medio de una fundación me pagará el salario mensual fijo que yo tengo pero ellos no la parte de las comisiones.
¿Entonces ahora mi duda es saber que vías legales existen para que la empresa francesa me pague estas comisiones (v que es la mayor cantidad del salario)cada mes mientras yo realizo mi contrato en prácticas?
Un saludo y gracias.
Tienes que firmar un contrato mercantil (por ejemplo de comisión) con la empresa en la que se especifiquen las condiciones de tu relación laboral (pago de comisiones, fecha del pago, forma del cálculo de las mismas, duración, responsabilidades, terminación, buena fe...) Lo mejor es que hables con la empresa y que te lo remitan para que lo revises y lo firmes.
Y para informarme de las condiciones de este tipo de contrato, seguridad social, posibilidad de hacer al mismo tiempo con el de becario que ya tengo y problemas de ser empresa extranjera; ¿Dónde he de dirigirme?, al registro mercantil central, ¿al servicio de información de empleo o donde?
Un saludo y gracias por tu ayuda
Creo que es mejor que vayas al INEM de tu localidad, podrán ampliarte más información.

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