Contrato de intermediación

Buenos día.......... Quería hacer una consulta... Voy a colaborar con una persona que quiere invertir en inmuebles en España. Yo tengo que buscar vendedores y de ahí me llevaría una comisión.... Por lo que he mirado creo que un contrato de agente comercial es lo apropiado....

que seria mejor ser intermediario por cuenta propia o que actúo en nombre del empresario..... Si el contrato lo hago genérico como podría asegurarme que me abona cada transacción.

muchas gracias

Respuesta
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¿A qué te refieres a actuar en nombre del empresario? ¿Poder negociar en su nombre?

Buenas tardes, si ahí no me explique bien.......... La idea es que una persona que quiere invertir en España en temas de inmuebles quiere que le busque vendedores.......por lo que he visto creo que mi caso seria contrato de agente y he estado leyendo en la ley mercantil de contratos de agente que yo actúo en nombre propio y no tengo responsabilidades.............. Era ver su impresión sobre esto................ le parecería bien en el caso que finalmente me de de alta hacerlo con el epígrafe 599?........... y en este caso, tendría que pagar cuota de autónomo?.......

de nuevo muchas gracias

Sí, siempre que haya actividad económica es necesario el alta de autónomos. En este caso de intermediario comercial firmarás un contrato con la persona. Piensa que cuando te vayas a dar de alta el funcionario de la SS te pedirá el contrato y el alta se retrotraerá a la fecha de este contrato. Es decir, tu firmas hoy el contrato, y vendes el piso en septiembre. Te presentas en la Seg. Social y te piden el contrato. Tiene fecha de hoy. Te dan el alta en septiembre con fecha de junio... ojo y tienes que pagar los meses de junio, julio, agosto y septiembre. Ten mucho cuidado con esto. Al menos en Asturias pasa esto.

Se paga siempre a mes completo, es decir, te das de alta hoy, día 10, pues pagas mes completo, como si te das de alta un día 28, se paga siempre el mes completo.

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