Poder para firmar escrituras ante notario

Un amigo español quiere constituir una sociedad en España, pero actualmente está trabajando en Nicaragua y le es complicado venir a firmar la escritura. ¿Cómo sería posible? He leído que con un poder, ¿pero valdría un documento normal con su firma a favor de un tercero? ¿O es necesario que fuera un poder notarial?, en este caso estaríamos en las mismas

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Su amigo puede otorgar un poder a favor de otra persona residente en España, para que lo represente, por supuesto, es algo habitual.

Lo normal es comparecer ante el Cónsul español del lugar de su residencia (o Embajada, según casos) y otorgar la escritura (el Cónsul hace de "fedatario", es decir, como si fuera un Notario). A continuación, su amigo debe cumplir un trámite añadido, que es "apostillar" el documento (consiste en ponerle un cuño y un sello conforme al Convenio de La Haya) para que el documento sea válido fuera de Nicaragua. Estoy seguro de que en el consulado o Embajada le podrán explicar mucho mejor que yo los trámites a seguir.

A continuación, se remite el documento a España y se lleva donde sea necesario.

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