¿Cómo puedo cobrar de mi SL?

Soy socio al 50% de una SL.
Ahora tenemos un primer cliente y nos planteamos cómo cobrar
personalmente de nuestra empresa. Mi socio y yo somos administradores
solidarios y no sabemos qué régimen utilizar
Tampoco
Sabemos si vamos a tener más clientes en el corto plazo, por lo que
igual conviene dar de baja nuestra actividad individual o la de empresa.

1 respuesta

Respuesta
1

¿Qué ponen los estatutos? Habéis pactado algo. ¿Tienen los administradores cargo retribuído?

somos administradores solidarios, sin retribución. Los estatutos son los estándar de creación de una sl "rápida"

1) Si hay beneficios: a través de Dividendos, cuando se aprueben en la Junta General.
2) Mensualmente: cobran igual que el resto de los trabajadores a través de una nómina. Hay que establecer una remuneración en función del trabajo que realizan. Puede ser un sueldo fijo + variable (Comisiones, dietas,... etc). El pago se considera una OPERACIÓN VINCULADA por lo que la retribución ha de ser similar a lo que cobraría un trabajador. No se pueden poner sueldos exagerados.
3) Si el socio es un profesional, en lugar de nómina, emitirá factura. Se considera el mismo tratamiento a la Sociedad que si fuera un cliente. También es operación vinculada por lo que debe ser conforme a mercado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas